Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural

INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 TERCERA PARTE: Institucionalidad y Gestión Ambiental 12 de los recursos naturales se inició mucho antes, aunque desde perspectivas más bien productivistas, en el ámbito de los ministerios sectoriales en un proceso relativamente lento de aproximación a la perspectiva holística que brinda el concepto de medio ambiente humano y a la noción de gestión ambiental. Cabe recordar entre estos antecedentes que la única expresión de política ambiental explícitamente declarada como tal, es la representada por el documento de política aprobado por el Consejo Directivo de la CONAMA en 1998 3 . La política ambiental definida descansaba en un conjunto de fundamentos y principios; establecía que su objetivo general era promover la sustentabilidad ambiental del proceso de desarrollo con miras a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y de las generaciones futuras. Consideraba a la gestión ambiental como una función eminentemente pública, de responsabilidad individual y colectiva, que requería del compromiso y la participación de toda la sociedad civil. Se planteaban objetivos específicos de política y una agenda ambiental que incluía compromisos y tareas prioritarias para cada uno de los objetivos propuestos. En paralelo a la Política Ambiental de 1998, se formularon políticas ambientales regionales, pero éstas, así como la política nacional, no tuvieron relevancia alguna. En general, desde entonces, la gestión ambiental ha descansado en políticas ambientales implícitas, no declaradas como tales, pero manifiestas en diversos instrumentos oficiales (políticas ambientales sectoriales, agendas, mensajes presidenciales, proyectos de ley, etc.). A partir del año 2010, al modificarse sustancialmente la Ley N° 19.300 (Ley N° 20.417), se crea una nueva institucionalidad ambiental que sigue vigente hasta la fecha, con modificaciones legales no estructurales que han ido perfeccionando la LBGMA y las instituciones. 1.2. Institucionalidad ambiental En 1994, con la promulgación de la Ley N°19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el Estado configuró una estructura institucional específica para este fin, siendo robustecido y modernizado en el transcurso del tiempo. Es así como la institucionalidad ambiental vigente se define por la Ley N°20.417, publicada en enero de 2010, correspondiendo a una actualización de la LBGMA en la búsqueda de una gestión ambiental más eficiente y eficaz. En esta, se crea una nueva institucionalidad ambiental, conformada por el Ministerio del Medio 3 Una política ambiental para el desarrollo sustentable”, CONAMA (1998).

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=