Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural
INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 SEGUNDA PARTE: Estado del medio ambiente y del patrimonio natural 122 Su objetivo general es de: Establecer las acciones de respuesta en las distintas fases operativas, ante situaciones de emergencia, desastre o catástrofe, con el objetivo de brindar protección a las personas, sus bienes y medio ambiente, en el territorio nacional, a través de la coordinación del Sistema Nacional de Protección Civil (pág. 5 del Decreto Exento). Para ello, se establecen 6 objetivos específicos, además de tres criterios esenciales para su aplicabilidad: cobertura (a todo el territorio nacional), amplitud (abarca a todos los organismos del Sistema Nacional de Protección Civil) y alcance (desde una perspectiva multiamenaza). Posee relación con los Planes de Emergencia, Planes Específicos de Emergencia por Variable de Riesgo, Planes de Contingencia, Planes de Emergencia Sectorial; además de integrarse al Ciclo de Manejo del Riesgo en las fases de Prevención, Respuesta y Recuperación. Dicho plan es muy específico, porque detalla desde el levantamiento de las capacidades del SNPC y la cooperación internacional; la activación del plan y los sistemas de alerta; la comunicación e información que debe entregarse a la población; la coordinación del SNPC; los sistemas de evaluación (daños, necesidades y otros); y readecuación del plan (implementación, revisión periódica y actualización). 10.5.1.4. Plan Regional de Emergencia En el artículo 30 de la ley, se establece el Plan Regional de Emergencia, definiéndose como instrumento de gestión que contempla la coordinación y funcionamiento del Sistema para desarrollar las capacidades disponibles a nivel regional en la fase de Respuesta. Dicho plan será elaborado por el Servicio, mediante el Director Regional, y sometido a aprobación al Comité Regional, para ser sancionado mediante resolución posteriormente por el delegado presidencial. En su elaboración, se consultará a las entidades públicas, además de solicitar opinión a las entidades privadas que se estime conveniente, y recibirán aportes de la comunidad organizada. Dicho plan de Emergencia será revisado por el servicio al menos cada dos años, y en caso de modificación de los planes superiores (Estratégico y Nacional de Emergencia). 10.5.1.5. Planes Comunales de Emergencia En el artículo 32, se establecen los Planes Comunales de Emergencia, siendo el instrumento de gestión que contempla la coordinación y funcionamiento del
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=