Cambio climático y desastres naturales: el caso del Área Metropolitana de Santiago

120 Área Metropolitana de Santiago. Expansión Urbana y Vulnerabilidad frente a desastres socio-naturales urbano, a cargo de 32 administraciones locales, sin existir un es- pacio de coordinación y articulación de temas comunes en una gran “conurbación”, tales como el transporte, la gestión de resi- duos domiciliarios, el desarrollo urbano y la provisión de servicios básicos, lo que - en estricto rigor - son regulados y gestionados mayoritariamente por organismos del nivel central, dando res- puestas públicas sectoriales a los problemas de la metrópoli, sin instancias que tengan una mirada integral de desarrollo para es- tas áreas. Son los gobiernos regionales los que estaban llamados a jugar este rol de articular una gestión armónica de este territorio me- tropolitano, no obstante, sus facultades y atribuciones han sido históricamente limitadas. Si bien, hasta el 2018, la Ley Orgánica sobre Gobierno y Administración regional señalaba expresa- mente en su artículo 110 “Artículo 110.- En cada región del país don- de se configuren áreas metropolitanas conforme a lo previsto por el artículo anterior, existirá un consejo coordinador regional de acción municipal, cuya finalidad será planificar y coordinar acciones municipales conjuntas desti- nadas a la prevención y solución de problemas que afecten a las comunas comprendidas en el área metropolitana respectiva y que requieran de tra- tamiento conjunto” , dicho consejo coordinador fue convocado muy pocas veces, habida consideración de su nulo carácter resolutivo. La Ley N° 21.074 (2018) que introdujo una reforma a la Ley N° 19.175, sobre gobierno y administración regional, posibilitará la creación de Áreas Metropolitanas, a cargo de los gobiernos regio- nales, esperándose que sea la instancia que permita la necesaria coordinación de los distintos actores en el territorio metropolita- no, particularmente con las municipalidades. Para estos efectos, el respectivo gobierno regional consultará sus decisiones a un co- mité compuesto por los alcaldes de las comunas integrantes de dicha área metropolitana. Ese comité consultivo será presidido En Santiago se radica el nivel central de la administración públi- ca, incluida la sede de gobierno, y los partidos políticos. Como señaló Daher (1989), la metrópoli gobierna y elige gobierno. “Si se definiera un listado de las mil personas más influyentes de Chile, en los mundos políticos, económicos, deportivos, culturales y académicos, es probable que un 95% de ellos resida en 5 o 6 barrios de la capital” 133 . Si bien esta alta concentración de poder económico y político de la metrópoli muestra cifras agregadas de un mayor bienestar y calidad de vida de sus habitantes, la realidad en su interior mues- tra una alta segregación territorial y social, grandes desigualda- des y disparidades, y dan cuenta como en un espacio bastante limitado conviven realidades sociales extremas, tanto en riqueza como en pobreza. Desigualdades sobre las que se profundizará en acápites siguientes. Si bien por décadas se la ha dado la definición de Área Metropo- litana de Santiago, no cuenta con un nivel propio de gobernanza, y en su gestión confluyen acciones del nivel nacional, regional y municipal 134 . El territorio metropolitano responde, entonces, a una superposición de varios niveles político-administrativos, con un número significativo de municipios, y bajo un gobierno de escala territorial superior como es el gobierno regional metro- politano 135 . Son indudables la complejidades de la gestión de un territorio 133 Waissbluth, M y Arredondo, C (2011): “Descentralización en Chile: Una trayectoria posible”. Centro de Sistemas Públicos, Departamento de Ingeniería Industrial. Universidad de Chile. Santiago. 134 Banco Interamericano de Desarrollo – BID. Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (2018). “Chile Metropolitano”. En Construyendo Gobernanza Metropolitana: El Caso de Chile”. Santiago. 135 Orellana, A. (2009). “La gobernabilidad metropolitana de Santiago: la dispar relación de poder de los municipios”. Revista Eure, Vol. XXXV, Nº 104, pp. 101-120. Santiago.

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