Huella y presencia (tomo IV)

HIJEI.IA Y PRES1':-.:CJA IV interrelaciones de salud y economía; la consideración del cálculo de pro- babilidades de beneficio y la obligació n del Estado de romper el círculo vicioso de pobreza que genera a lta morbilidad y ésta, a su vez, determina aumento del déficit económico. Desde el punto de vista técnico, Cruz-Coke conside ra que una medici- n a que interese a una sociedad es la que posee una postura más y más preventiva, y que la ley de medicina preventiva plantea un a medicina de Es tado que distribuye los recursos e n relación a su rendimiento máximo. La visión y talento del Dr. Cruz-Coke lo llevó a impulsar, hace ya 60 años la dictación de la Ley N 2 6174, llamada de Medicina Preventiva. Basada en la idea de que la búsqueda intencionada de la patología crónica en la pobla- ción, presuntamente sana, permite el diagnóstico precoz y coJsecuentemente una recuperación más rápida y menos costosa que la espera de la consulta espontánea del paciente, se planteó la pesquisa de los problemas que en esa época eran mayoritarios (cardiovasculares, tuberculosis y sífilis), agregando un sistema de protección económica del paciente cró nico recuperable, con- siderablemente superior en su época al régimen del subsidio de enferme- dad decreciente y por un máximo de 4 meses. La ley planteó la pesquisa de enfe rmedad es cardiovasculares , tuber- culosis y sífili s de la población activa d el país (emplead os y obreros) a t ravés de un examen d e salud anual , gratuito y obligato rio. Los indivi- duos sospechosos eran enviados para su confirmación o descarte a un equipo de especialistas cardió logos, tisió logos o venereólogos. Los beneficios económicos se entregaban a los pacientes que ajuicio de los especialistas tuvieran el carácter de recupe rables. Ellos incluían reposo y hospitalización si se requería, tratamiento gratuito, mantención del salario mientras fuera recuperable, mantención d e l cargo hasta 6 meses después de l a lta, comp utació n del tiempo del reposo como tiem- po trabajado para los fines previsionales. En los irrecuperables se plan- teaba la concesión de pensión de invalidez. La ley se financiaba con contribuciones de 1,5% de los salarios paga- dos por e l empleador y 2,5% de las entradas brutas de las cajas d e previ- sión. La ley de medicina preventiva constituyó una con cepción y un avance revo lucionario para su é poca. Se basó en los estudios de morbilidad y en el hecho que el Estado con recursos limitados no puede enfrentar todas las enfe rmedades crónicas sino aquellas que, a bajo costo, significan mayores probabilidades d e vida activa, concepció n que Cruz-Coke llamó de "medicina dirigida". Los exámenes de salud en la Caja de Seguro Obre ro (Maldonado y Balmaceda), d e los empleados particulares (Madrid) y d e los estudiantes universitarios (Acuña) mostraban un cuadro patológico enteramente dis- tinto de la consulta espontán ea de esos mismos grupos. Se observaban e n los supuestos sanos, frecue ncias d e sífilis entre 8-1 1 %, d e tuberculosis 74

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