Mujeres públicas: exposición de la Universidad de Chile 2019-2023

MPS | Doña Maria de Bocanegra hija legítima del alférez Esteban Sánchez de Bocanegra en la causa criminal que ha seguido el dicho mi padre contra Don Cristóbal de Cobaleda sobre mi estupro y escalamiento de su casa y palabra de casamiento que el susodicho me dio en el artículo sobre que se rescinda la escritura de convenio que el dicho mi padre celebró con el dicho Don Cristóbal de Cobaleda = Digo que del último escrito presentado por el dicho Don Cristóbal de Cobaleda sobre este artículo se mandó se me diese traslado del dicho escrito y parece que el dicho traslado se dio y noti có al Alférez Esteban de Bocanegra mi padre legítimo porque se debe entender conmigo el dicho artículo y no con el dicho mi padre respecto de ser hecho propio por incidencia de la causa se ha de servir vuestra alteza de mandar que el dicho traslado se entienda conmigo y atento a que hoy me hallo sin abogado ni persona que patrocine por mi parte los dichos artículos que se hallan pendientes en la causa respecto de que habiendo sido abogado el Licenciado Don Joseph Gonzalez Manríquez abogado desta real audiencia en lo principal de ella se ha excusado de patrocinarme suponiendo hallarse impedido para ser lo respeto de haber formado la escritura de transacción y convenio que sin mi consentimiento otorgo el dicho Alférez Esteban Sánchez de Bocanegra mi padre que [-] el dicho Don Cristóbal de Cobaleda por cuya causa e impedim[-] pedi con esta real audiencia mi ayudase y patrosinase en [-] pendientes el Licenciado Don Pedro Recalde y Briseño [-] por decreto proveído que el susodicho […][-] [….] difunto se ha de servir A Vuestra Alteza de mandar que sin embargo del dicho pedimento y excusa el dicho Licenciado Don Joseph González para que me ayude y patrocine en los dichos artículos mando […] que la a hecho en la causa principal y hasta que el susodicho lo haga protes- to no me corra término ni perjuicio alguno hasta que se determine y se me de abogado para lo que […] ofrecer sobre lo por mi pedido en lo susodichos artículos AVA…mande debajo de la dicha mi protesta pido justicia y costas y jure en forma no ser de malicia Doña Maria de Bocanegra 26 de mayo de 1682

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