Salud mental universitaria: voces, trayectorias y prácticas situadas

SALUD MENTAL UNIVERSITARIA • 255 En relación con las formas de evaluación, se destacan aquellas en las que el/la/ le estudiante pueda tener una gama de posibilidades para realizar la evaluación: de forma escrita u oral, individual o grupal, ensayos o presentaciones, cápsulas o prue- bas. Al mismo tiempo, se destaca el uso de rúbricas en algunas asignaturas lo que permite conocer a cabalidad el objetivo de la evaluación. Por otro lado, los/as/es estudiantes sugieren indagar con aquellos/as/es compañe- ros/as/es que no se sienten cómodos/as/es en la realización de trabajos grupales, por ser detonadores de ansiedad y estrés; otorgar una forma paralela de evaluación. Otro aspecto a considerar es la extensión de trabajos escritos, que estos sean adecuados y en coordinación con las otras evaluaciones de cátedras. Finalmente se sugiere que las ayudantías cumplan un rol de colaboración en los aprendizajes y no que impliquen trabajos extras o incluso evaluaciones extras. REFLEXIONES SOBRE LA DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL: Sobre necesidades vinculares y factores estresores como barreras para la participación universitaria El contexto discursivo que da lugar y norma la visibilidad de este grupo social es primordial para atender a las necesidades situadas en el ambiente relacional que se produce en la educación superior. En nuestra Universidad convivimos cotidia- namente con el modelo asistencialista, médico-rehabilitador, social y el paradigma de la diversidad funcional, como herramientas para pensar el trabajo con personas que presentan una diferencia en la forma de gestionar su funcionamiento y lograr un desempeño en relación a las tareas que esta institución demanda. Con el I Estudio Nacional de Discapacidad (ENDISC), Chile consideró bajo la ca- tegoría de deficiencia la discapacidad psiquiátrica, e indicó diagnósticos de acuerdo al CIE-10 (trastornos mentales y del comportamiento). Si bien aquello se modificó parcialmente con el enfoque de capacidades y desempeños introducidos en la II ENDISC para medir discapacidad desde el modelo social, persiste una mirada que sostiene en esta diferencia un déficit. Podemos recordar que la normativa vigente nos obliga a definir la discapacidad en el ámbito psicosocial como “discapacidad mental” de acuerdo con la ley 18600, al definirla como “toda aquella que, como consecuencia de una omás limitaciones síquicas, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que las hubiera originado, vea obstaculizada, en a lomenos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración social. Se entiende disminuida en un tercio la capacidad educa-

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