Agresiones sexuales: reflexiones acerca de la intervenciones psicológicas. volumen VI

88 Agresiones sexuales. Volumen VI . Elías Escaff Silva. profunda vergüenza, temiendo al ridículo o a la incredulidad de otros (como se citó en Gannon y Rose, 2008). La Criminalidad Sexual Femenina y el Proceso Investigativo Penal La agresión sexual infantil es considerada por la legislación internacional como un delito, independiente del género del au- tor. En Chile, la definición jurídica de los delitos sexuales está contenida en el Código Penal, y sus nuevos alcances e implican- cias se encuentran descritos en las leyes 19.617 y 19.927. En cuanto a las acciones penales y la asignación de una pena frente estos delitos, en Chile el proceso judicial sigue un curso ló- gico que se inicia con el establecimiento de la denuncia, continúa con el ingreso de la causa a la Fiscalía donde se define la orden de investigar y se planifican las primeras acciones penales, para finalmente ser evaluado por un tribunal colegiado de tres jueces en la instancia de Juicio Oral. Este es un sistema de procesamien- to de delitos relativamente nuevo en este país, que se inició en el año 2005 de la mano de la Reforma Procesal Penal, para finalizar con el sistema inquisitivo y establecer un sistema acusatorio que permitiera la división de las funciones de investigar, procesar y dictar sentencia en las causas, quedando cada una asignada a distintos actores. En el plano internacional, la investigación de los delitos sexuales sigue un curso similar, una vez interpuesta la denuncia en la instancia policial, los antecedentes son llevados al fiscal co- rrespondiente para iniciar el curso penal de la denuncia. Si bien en Inglaterra no cuentan con un Código Penal como en nuestro país, las normas se encuentran dispersas en una serie de textos legislativos que van del siglo XIV hasta nuestros días (Soto, 2007). Aunque existen estas diferencias en la normativa legal, el proceso investigativo de los delitos sigue etapas similares, siendo la denuncia el primer paso para la apertura de un proceso penal, que dependerá de manera importante de la percepción de quien toma la denuncia en torno a los hechos denunciados, a saber, si considera factible o no la comisión del delito, siendo un elemento fundamental el conocimiento con que dicho profesional cuente respecto al delito sexual en particular.

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