Agresiones sexuales: reflexiones acerca de la intervenciones psicológicas. volumen VI

35 La declaración de niños, niñas y adolescentes, presuntas víctimas de agresiones sexuales, como centro de la persecución penal Bárbara Barrientos, Marianella Bustos, Diana König que puede hacer sobre su relato el psicólogo o el experto” (comu- nicación personal con juez). Participación de la víctima, el testimonio en juicio oral Esta categoría busca dar cuenta de la forma en que la víctima se relaciona con la instancia final del proceso investigativo, desde la perspectiva de los entrevistados. Se subdivide en: Participación de la víctima en juicio, Relevancia de la declaración en juicio y Declaración y Testimonio. La participación de la víctima en juicio es percibida por el fiscal como relevante y crucial, en tanto su actuación será deter- minante a la hora de probar los hechos investigados. Es así como el fiscal plantea: “Cuando las personas están presentes en el juicio y le ponen , muchas veces convencen mucho más a los jueces que no lo convence”, a partir de esto se desprende que no es relevante solo el contenido del relato de la víctima, sino que es crucial la presencia y la forma en que entrega su testimonio. Muchas veces la Fiscalía depende del grado digamos de con- vencimiento que provoca el testimonio del menor. Y no sola- mente es de acuerdo a la cantidad de detalles que plantea en su testimonio, sino que también de un aspecto visual, de un principio de inmediación, de este contacto directo que tiene el juez con la prueba, con la víctima. Al ver por ejemplo que el menor se afecta emocionalmente al momento de abordar determinadas temáticas, sin lugar a duda influye en el conven- cimiento del juez (comunicación personal con juez). Asimismo el juez plantea que “la declaración vale en la me- dida en que se ve en el juicio” (comunicación personal con juez), esto reafirma que la participación de la víctima en el juicio es lo que constituye la prueba en sí misma y no la declaración prestada en Fiscalía. Esto es coincidente con lo concluido por el estudio UNICEF-UDP (2006) que observó que en el testimonio de las vícti- mas NNA como medio de prueba la declaración es un anteceden- te más en la causa, ya que su fuerza probatoria estará sujeta a la

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