Agresiones sexuales: reflexiones acerca de la intervenciones psicológicas. volumen VI
30 Agresiones sexuales. Volumen VI . Elías Escaff Silva. declaración, sin desconocer que es relevante la especialización de estos mismos. El fiscal plantea: La regla general es que debe tomarla el abogado asistente o bien algún personal especializado en la toma de declaración. Por lo menos en la Fiscalía Sur es tomado por una psicóloga de la unidad sino la tomaba el fiscal o bien la toma necesaria- mente un asistente del fiscal con grado de especialización y la capacitación respectiva para tomar testimonio (comunica- ción personal con fiscal). Esto es concordante con los resultados del estudio UNICEF- UDP (2006), en el cual se constató que la declaración es tomada por el fiscal dependiendo de la carga laboral, siendo los asistentes quienes realizan en mayor parte esta labor. Por otro lado, en cuanto al contenido de la declaración, el fiscal nos da cuenta de dos elementos importantes. Por una par- te es relevante obtener información acerca de las características del delito: (...) En el momento de la entrevista lo que se quiere obtener como fuente de información son netamente los elementos del tipo penal; el tipo penal son los requisitos que deben con- tener todo tipo de delito que están descritos en la ley, esta des- cripción que se establece en la ley dice relación por ejemplo, el lugar, hora, específicamente circunstancias digamos en la cual se produce el delito (comunicación personal con fiscal). El otro elemento sería esclarecer en la medida de lo posible al autor de los hechos denunciados, tal como lo plantea el mismo fiscal pues: No solamente uno le consulta con respecto a los hechos sino que también antecedentes que nos permiten determinar quién es el responsable, quién es el autor de los hechos, que puede ser por indicación directa o parte de la víctima, que muchas veces es así, son conocidos de la víctima pero también
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