Agresiones sexuales: reflexiones acerca de la intervenciones psicológicas. volumen VI
153 Vivencia subjetiva de un imputado por un delito sexual que lo privó de libertad siendo inocente. Estudio de caso. Macarena León M., Sebastián Figueroa F. declaraciones. Por otra parte, en lo relativo a las falsas confesio- nes los procedimientos debiesen evitar que estas sean obtenidas en estado de embriaguez o bajo el consumo de drogas de quien confiesa, como también se debiese asegurar que las confesiones no sean obtenidas bajo coacción, amenaza o engaño, o a partir de interrogatorios demasiado extensos que la induzcan. Finalmente, en cuanto a la confesión, los procedimientos debiesen buscar detectar y controlar aquellas confesiones realizadas por personas con discapacidad mental o trastornos psiquiátricos, como también evitar inocular contenidos en personas altamente sugestionables, como es el caso de los menores de edad. En lo relativo a los errores periciales (también llamados de ciencia limitada) debiesen excluirse de la prueba aquellos perita- jes que han omitido protocolos de procedimiento en la toma de muestras o que han omitido el análisis de validez de sus resultados por falta de preparación o entrenamiento de los técnicos que los realizaron. Igualmente, debiesen excluirse aquellas pericias cri- minalísticas que pretenden establecer conclusiones, sin estudios clínicos o de laboratorio comprobables que las respalden, como también aquellos peritajes psicológicos de credibilidad que no se sustenten en una base científica y que busquen establecer sus conclusiones como verdades absolutas. La revisión de procedimientos tendientes a evitar la comisión de errores que lleven a inocentes a ser privados de libertad tam- bién apunta a un mayor control sobre la posible mala conducta por parte de funcionarios de Fiscalía y Defensoría. En cuanto a la posible mala conducta de Fiscalía, los procedimientos debiesen asegurar que sus funcionarios no asuman solo una línea investi- gativa, descartando a priori otras posibles hipótesis relacionadas al caso en investigación. Así también, debiese existir un mayor control con el fin de evitar la modificación de pruebas o declara- ciones en perjuicio del imputado, así como el ocultamiento a la defensa de posibles pruebas exculpatorias. Así también, es deber del Fiscal verificar la identidad de los detenidos con la finalidad de no permitir la condena por parte de un tercero. Finalmente, en lo relativo a la posible mala conducta de Defensoría, los procedimientos debiesen asegurar que sus
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