Guía de educación antisexista
52 GUÍA DE EDUCACIÓN ANTISEXISTA Estas preguntas se intensifican en el contexto de la Revuelta Social, la pandemia del Covid- 19 y la crisis sanitaria que nos acompañó buena parte del año 2020 y 2021. Es vital preguntarnos si la Educación desde las Universidades públicas proyectan el deseo de construir nuevas apuestas políticas de justicia y reconocimiento, con profesionales habilitados en el ejercicio de tales horizontes, o, por el contrario, nuestros currículos buscan profundizar una educación que se ajuste de manera exitosa a las demandas del mercado laboral. Estas interrogantes nos obligan a cuestionar un modelo de educación pública orientado al mercado y a articularlo a la mirada crítica sobre la educación sexista que han sostenido nuestras casas de estudio. La educación sexista que se posiciona como canon se potencia y (con) funde con un modelo de educación capitalista que es excluyente. La primera barrera de acceso es el costo de las matrículas y arancel y las opciones de becas. Además, en la actual gratuidad (Ley 21.091 de 2018) no alcanzan a cubrir las expectativas de educación superior de grupos sociales que aún no pueden acceder a la Universidad. Por otra parte, la dificultad de acceder una vivencia universitaria plena para todes contribuye a perpetuar del modelo de consentimiento antes referido y posibilita que solo los grupos dominantes sean “el sector/ segmento” que tenga la real y factible experiencia de una formación universitaria y la consiguiente adquisición de capital social y cultural. Y a pesar de que no desconocemos los avances en estas materias en lo últimos años, obtenidas por las movilizaciones estudiantiles post- 2011, la educación superior sigue siendo en Chile un privilegio. Nuestro proyecto de transformación feminista de la educación debe, por tanto, trascender miradas unilaterales de procesos de emancipación (Cumes 2012). Construir un enfoque tanto interseccional como transdisciplinario para ser capaces de aprehender de manera integral, las relaciones y desigualdades de poder (Troncoso, Follegatti, y Stutzin 2019; Crenshaw 1989; Hill Collins y Bilge 2016; Viveros Vigoya 2016).
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