Especulaciones sobre el mundo desde América Latina
80 La evolución de ambas ramas de propiedad intelectual avanzó sustantivamente en cuanto a su institucionalización en los albores del siglo XX. “De la importancia que reviste proteger la P.I. se deja por primera vez constancia en el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, de 1883 (Convenio de París) y en el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, de 1886 (Convenio de Berna). De la administración de uno y otro tratado se encarga la Or- ganización Mundial de la Propiedad Intelectual” (OMPI, 2016). En otras palabras, en los Convenios adoptados se cristaliza el inicio de la internacionalización de la Propiedad Intelectual, en virtud de homologar los parámetros y así proteger de manera más eficaz las ideas de la mente humana. No obstante, el proceso llevado a cabo entre 1880 y 1994 sería según la CEPAL una “internacionalización incomple- ta” (Díaz, 2008), puesto que su diseño conservaba la autonomía de los países para crear su propia legislación, y permitía la absorción del conocimiento extranjero en tanto protegía a sus creadores e inventores nacionales. Por lo anterior, y visto que la evolución del sistema de P.I. que enmarca los linea- mientos universales principales en la materia recoge las necesidades e inquietu- des históricas de un espacio acotado del globo, es que corresponde revisar la firma y entrada den vigor a los acuerdos descritos de los Estados de América Latina 2 . No sólo por que la empresa editorial y la imprenta transformaron los parámetros de la propiedad intelectual con la modernización de la industria y registro de auto- res, sino que también, porque la tecnología de hoy nos lleva a cuestionar la validez de ciertos estatutos acuñados en el pasado (Espinoza y Jackson, 2019). [Ver Anexo 1 – Tabla Partes Contratantes y Entrada en Vigor de los países de Amé- rica Latina y el Caribe en los Convenios de París y de Berna] Si observamos los años de entrada en vigor del Convenios de París en los países de América Latina y el Caribe (ALYC), es posible notar que Brasil lleva la delantera al ser el único que forma parte del proceso de ratificación de dicho Convenio. Le siguen República Dominicana, México y Cuba dentro de un plazo de 20 años. A mediados de siglo, y hasta 1993, se adhieren con distancia otros 7 países, dejando a la vista que gran parte de las naciones de ALYC (20) se incorporan al Convenio con posterioridad a 1994. En cuanto al Convenio de Berna, ningún país de ALYC es parte del proceso de ra- 2 Cabe mencionar que los Convenios en análisis no son los únicos vigentes en la materia, pero su análisis se justifica desde la perspectiva histórica antes mencionada.
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