Especulaciones sobre el mundo desde América Latina

78 trial, cuyo ejercicio no exige que la invención exista en forma física (OMPI, 2016). Sobre esta diferencia física deriva la distancia existente en cuanto a los instru- mentos jurídicos disponibles para proteger cada rama. Sin embargo, cada parte es capaz de demostrar un desarrollo institucional relativamente similar, puesto que “hasta el siglo V, el desarrollo científico-técnico fue escaso y, sobre todo, lento (…) por lo que no sorprende que los primeros antecedentes de los sistemas de paten- tes y de la protección industrial e intelectual coincidan con la explosión técnica y humanista que supuso el Renacimiento, con la ayuda de la imprenta como método revolucionario de copiar y distribuir información” (Saiz y Lobato, 2012). Como se mencionó anteriormente, la sociedad y su capital intelectual fue necesitando, en su desarrollo, nuevos instrumentos legislativos y burocráticos que, con el tiempo, cimentaron las bases de la Propiedad Intelectual como una institución con dere- chos. Sobre el proceso de institucionalización o transformaciones en materias de pro- piedad intelectual, se puede reconocer que desde la Antigua Roma ya existía una suerte de Derecho de Autor; pero la costumbre, las leyes y la intangibilidad de la creación privaban al creador de ciertos vínculos patrimoniales con su obra. “El Derecho Romano hacía una distinción entre objetos corporales y objetos incorpo- rales, pero en los últimos incorporaba solamente derechos como el derecho su- cesorio, las obligaciones o las servidumbres. En cambio aún no diferenciaba en un manuscrito entre el objeto corpóreo y él en el incorporado bien intelectual” (Hubman, 1974. 9, en Miró, 2007). Esta situación permite ilustrar lo que a ojos contemporáneos significaría un vacío legal y/o institucional en materias de Propiedad Intelectual. Sin embargo, la mis- ma situación y la diferenciación hecha entre los tipos de objetos visibiliza la ne- cesidad de hacer tal distinción. Es así que, para entender la Propiedad Intelectual como una institución derivada de la emergencia de las sociedades por proteger sus intangibles y continuar su desarrollo innovador, es útil profundizar en torno a las raíces históricas y procesos legales relativos al tema. Los inicios El Renacimiento trajo consigo grandes cambios tecnológicos, económicos y socia- les. La invención de la imprenta de tipos móviles de Johan Stephan von Gutenberg constituyó un invento revolucionario, puesto que no solo permitió la distribución de obras literarias a gran escala, sino que también obligó al Derecho de ese enton-

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