Modelo de certificación universitaria en estándares de igualdad de género, sello genera igualdad.

344 dirección de igualdad de género anexo 2 . caja de herramientas Participación y representación en la academia MODIFICA D.U. N°3099, DE 1992, QUE APRUEBA REGLAMENTO SOBRE CONCURSOS PARA INGRESAR A LA CARRERA ACADÉMICA, DE LA MANERA QUE INDICA. DECRETO UNIVERSITARIO N°681 SANTIAGO, 24 de junio de 2021. VISTOS: Lo dispuesto en el D.F.L N°3, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistema- tizado del D.F.L N°153, de 1981, que establece los Estatutos de la Universidad de Chile y el D.S. N°199, de 2018, todos del Ministerio de Educación; la Ley N°21.094, sobre uni- versidades estatales; el D.S. N°789, de 1989, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; el D.F.L. N°1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presiden- cia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el D.F.L. N°29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistemati- zado de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el D.U. N°3099, de 1992, que aprueba Reglamento sobre Concursos para ingresar a la carrera académica; el Certificado de Acuerdo N°7, de la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Universitario, celebrada con fecha 26 de enero de 2021 y la Resolución N°6, de 2019, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: 1° Que la Universidad de Chile es una Persona Jurídica de Derecho Público, con patri- monio propio y plena autonomía académica, económica y administrativa, dedicada a la enseñanza superior, investigación, creación y extensión en las ciencias, las humani- dades, las artes y las técnicas, al servicio del país en el contexto universal de la cultura. 2° Que, conforme al artículo 4° del al Estatuto Universitario, esta Casa de Estudios tie- ne principios orientadores que la guían en el cumplimiento de su misión, inspiran su actividad académica y fundamentan la pertenencia de sus miembros a la vida univer- sitaria, entre los cuales destaca la equidad y la integración. 3° Que la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Adminis- tración del Estado, desarrolla los principios en que se sustenta la organización de la Administración del Estado y la carrera funcionaria, especialmente en el Párrafo 2°, de su Título II, denominado “De la Carrera Funcionaria”. 4° Que, conforme a los artículos 17° y 45° de ese cuerpo normativo, el personal de la Ad- ministración del Estado estará sometido a un sistema de carrera que proteja la digni- IV. PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN EN LA ACADEMIA B Decreto Universitario N°681. Modifica el Decreto Universitario N°3099 de 1992, que aprueba reglamento sobre concursos para ingresar a la carrera académica

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