Seminarios de investigación en tecnología. Carrera de Arquitectura. Semestre Primavera 2022
Seminarios de investigación en tecnología – Semestre Primavera 2022 519 4.2. Variables. Se desplegarán variables que la Norma Chilena de Construcción exige para las zonas desérticas de Chile, específicamente para las regiones incluidas dentro de la zona climática habitacional del Norte Desértico. Así mismo, se describirán las actuales condicionantes climáticas desérticas de Chile. Igualmente, en forma de comparación con los anteriores sistemas constructivos mencionados y descritos, se describirá la tecnología de los actuales campamentos habitables mineros. Normativa Chilena de Construcción. Según la NCh1079, la zona desértica de Chile, se ubica en el Norte Desértico (ND). Esta zona posee algunas características climáticas generales, en donde hay poca presencia de precipitaciones y se caracteriza por la fuerte sensación de calor. Las construcciones ubicadas dentro de esta área deben cumplir con una serie de requisitos según esta zona climática como su pendiente, orientación de muros, etc. Además, se recomiendan transmitancias térmicas mínimas para los materiales a ocupar en esta zona. Por otra parte, la NCh 431 entrega la distribución y magnitud de la carga básica de nieve que se puede depositar sobre una construcción. Todas las construcciones también deben cumplir con una serie de condiciones que la Normativa exige, independiente de su lugar o zona de emplazamiento. La NCh 1537 presenta las cargas permanentes, cargas de suelo y la presión hidrostática que debe cumplir una construcción. Esta norma también se especifica en las cargas de uso de piso y cargas de uso de techo que una construcción debe cumplir. Igualmente, la NCh 433, explica el diseño sísmico que debe cumplir un edificio para la protección de sus habitantes y evitar el colapso de la construcción. Normas para instalaciones mineras habitables. Las instalaciones mineras habitables debiesen contar con algunos requerimientos dados por diferentes decretos enfocados en la habitabilidad de establecimientos de trabajos. Unos de ellos es el Decreto 132 Reglamento de Seguridad Minera del cual se toma como referencia el artículo 61, 70 y 394, los cuales tratan la ventilación, desechos, seguridad, confort, etc. Así mismo, del Decreto 594 Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo, se trabajará con los artículos 9, 28 y 29, los cuales se enfocan en las condiciones que debiese cumplir el lugar de trabajo, si es obligatorio el pernoctar de los trabajadores o consumir alimentos. El decreto anterior hace referencia a la búsqueda de las condiciones de habitabilidad mínima dispuestas por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), de la cual se considerarán los requerimientos establecidos para los locales habitables. Como anteriormente fue mencionado, las principales opciones en la construcción de edificios habitables mineros son la modular, sin embargo, también combinan algunos sistemas para emplear distintas ventajas: (Correa, 2019)
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