Seminarios de investigación en tecnología. Carrera de Arquitectura. Semestre Primavera 2022

Seminarios de investigación en tecnología – Semestre Primavera 2022 141 2. Antecedentes 2.1. Vivienda de emergencia El concepto de vivienda de emergencia o vivienda transitoria se utiliza a nivel internacional para describir a aquellas edificaciones que buscan brindar cobijo a un grupo familiar tras una catástrofe. Las Naciones Unidas para el Socorro en Casos de Desastre (UNDRO) definen el concepto de un refugio transitorio como: “Un sistema de alojamiento con carácter transitorio que suple de una manera rápida y eficiente, mediante la adecuada aplicación de materiales y tecnologías, las necesidades primarias de hábitat a grupos numerosos de personas desplazadas por desastres naturales o conflictos sociales y políticos” (UNDRO, 1984). A su vez, en el contexto chileno la ONEMI la define como una “ solución en el corto plazo y de forma temporal al problema de habitabilidad de una o más personas a raíz de un evento catastrófico que inhabilita su hogar. ” (ONEMI, 2017), Esta organización también ha determinado los requerimientos técnicos que debe cumplir una vivienda de emergencia, en el texto: “ Requerimientos técnicos mínimos vivienda de emergencia” (2017). En este se especifican los estándares mínimos de una vivienda de emergencia de 24m 2 en base a paneles prefabricados, contemplando el tipo de fundaciones, calidad mínima de la materialidad estructural, resistencia mínima al fuego, aislación térmica, entre otros. A su vez, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) la define como “ El refugio provisorio del núcleo familiar, posterior a una catástrofe o evento que obligue a abandonar su centro de residencia habitual ” (MOP, 2014). Otros autores como Gordillo (2004) ha concebido la vivienda de emergencia como un proceso social-económico-técnico definiéndola como: “Un hábitat estructurante de nuevos tejidos sociales que permite sobrellevar la supervivencia substituye transitoriamente ciertas necesidades y protege de los rigores externos mediante el desempeño de ciertas funciones básicas relacionadas con la protección contra agentes climáticos, el almacenamiento y protección de bienes, la seguridad emocional y la satisfacción de intimidad” (Gordillo, 2004). A partir de estas definiciones podemos comprender la vivienda de emergencia como aquella solución transitoria entregada por el Estado, o alguna organización no gubernamental y sin fines de lucro, a raíz de la imposibilidad de habitar una vivienda definitiva debido a una catástrofe. A su vez, esta debe contar con estándares mínimos de protección contra la intemperie, proporcionar seguridad a las familias, estar ubicada a una distancia pertinente de bienes y servicios, debe tener una capacidad suficiente para los distintos grupos familiares, el sistema de montaje debe ser fácil y rápido, esta debe tener un carácter económico, y debe estar hecha de materiales que cuenten con suficiente oferta para dar abasto a la demanda, la cual es variable todos los años.

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