A 50 años del inicio de la fonoaudiología en Chile: experiencias y desafíos actuales en salud pública

37 RESULTADOS En primer lugar, se vuelve necesario explicitar que, si bien la Ley Ricarte Soto entró en vigor en 2015, la obligatoriedad del cumplimiento de todo su articulado (entrada en régimen) se produjo recién en 2017, ya que durante 2016 se avanzó en la preparación a través de la creación de reglamentos y normas técnicas para llevar a cabo su implementación total el año siguiente. El capítulo hace alusión principalmente a lo acontecido en 2017 y 2018. Asimismo, es importante mencionar que no es posible llevar a cabo una política pública desde la mirada de una sola institución o de un solo actor, sino que se requieren equipos complejos con diferentes niveles y áreas de experiencia. Particularmente en el área de salud, se debe tener presente que la visión de un problema y su solución no se agota solo en este ámbito, sino que se debe buscar en el área social, económica, legal y ciudadana, entre otras. Por lo anterior, al tratarse de una reflexión individual de lo sucedido, esta se encuentra afecta a limitaciones. Para esta sistematización, se dialogará en torno a tres grandes temáticas de interés: participación ciudadana, salud basada en evidencia y transparentar los elementos para la toma de decisión. Participación ciudadana La participación ciudadana se encuentra inmersa en diferentes momentos de la implementación de esta ley, sin embargo, tres de ellos se vuelven fundamentales. El primero es al inicio, durante la incorporación de nuevas garantías a través del formulario de solicitudes dispuesto para esta etapa, donde cada persona, natural o jurídica, pudo y puede plasmar su requerimiento, abriendo así en nuestro país la posibilidad de registrar cuáles son las demandas ciudadanas de cobertura, los tratamientos y problemas de salud, siendo este repositorio virtual el primero de estas características en Chile (MINSAL, s.f./c). En el primer proceso de recopilación hubo más de 3.000 solicitudes, lo que tensionó la capacidad ministerial de cribado a través del análisis de los criterios de inclusión que estas debían cumplir, por lo que se tuvo que dirimir cuáles reglas se utilizarían para definir las solicitudes que serían analizadas. En la actualidad, existen en el repositorio virtual más de 7.700 solicitudes de personas naturales y jurídicas como agrupaciones de pacientes, industria farmacéutica, parlamentarios, organismos autónomos del Estado, entre otros (MINSAL, s.f./c).

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