La propuesta de Constitución Ecológica de Chile

Concordancias respecto a derechos de la naturaleza: 18, 35, 80, 98, 103, 119, 127, 134, 140, 148, 149, 187, 202 e) y f), 307, 333, 37T Concordancias respecto a educación ambiental: 35, 36, 39, 101, 127, 131, 149, 37T. Concordancias respecto a generaciones futuras: 57, 128, 134, 144, 145, 197, 37T. Concordancias respecto a humedales: 107, 134, 136, 37T. Concordancias respecto a minería: 145, 146, 147, 37T, 38T. Concordancias respecto a principios constitucionales: 8, 108, 128, 139, 165, 183, 186, 230 d), 245, 37T Concordancias respecto a propiedad: 52, 78, 134, 145, 37T, 42T, 43T. Concordancias respecto a residuos: 133, 37T. Concordancias respecto a suelo: 51, 52, 136, 137, 138, 27T, 32T, 33T, 37T. Concordancias respecto a territorio, ordenamiento y planificación: 52, 135, 139, 141, 147, 165, 178, 184, 186, 187, 192, 193, 197, 199, 201, 202 n), 220 i), 224 d), 226 m), 230, 236, 240, 241, 268 ñ), 4T, 6T, 15T, 17T, 18T, 19T, 23T, 26T, 37T. Concordancias respecto a tribunales ambientales: 327, 331, 333, 4T, 6T, 37T, 42T, 43T, 44T, 47T, 49T, » Art culo décimo quinto transitorio.- El legislador y los órganos de la administración del Estado deberán adecuar el contenido de la normativa relativa a la organización, el fun- cionamiento y la integración de los órganos del Estado Regional y de sus Entidades Territoriales, transferencias de competencias y los míni- mos generales para los estatutos comunales en no menos de seis me- ses antes de la elección de sus autoridades. El Consejo Social Regional y la Asamblea Social Comunal se instalarán y entrarán en funciona- CAPÍTULO XI LA PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA DE CHILE | EDICIÓN CONCORDADA 94

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