La propuesta de Constitución Ecológica de Chile

Aguas y derecho humano al agua: normas vinculadas con el elemento agua, sean estas continentales o marítimas. Alimentación: normas vinculadas al derecho a la alimentación, soberanía alimentaria y uso de semillas. Animales: normas sobre derechos de los animales en general y respecto de la fauna o biodiversidad. Excluimos de esta selección aquellas disposicio- nes que consagran los derechos de la naturaleza o deberes de protección generales asociados al medio ambiente. Bienes comunes naturales: normas relacionadas con el estatuto de estos elementos o componentes de la naturaleza. Bioética: normas que regulan el principio bioético y el Consejo Nacional de Bioética. Cambio climático y clima: normas que consagran los deberes estatales respecto de la crisis climática y aquellas que incorporan el elemento clima en su articulado. Deber de protección y cuidado de la naturaleza, medio ambiente y biodi- versidad: normas que establecen deberes para las personas o el Estado de proteger, cuidar, resguardar o preservar el medio ambiente o algún compo- nente de este. Defensoría de la naturaleza: normas que regulan este órgano constitucio- nal autónomo. Excluimos de esta selección las normas vinculadas con la consagración o reconocimiento de los derechos de la naturaleza. Derechos de acceso a la información, participación y justicia: normas que garantizan el acceso a la información ambiental, el derecho a la participa- ción pública en los procesos de toma de decisiones en asuntos ambientales y el derecho al acceso a la justicia en asuntos ambientales. Derechos de la naturaleza: normas que reconocen o desarrollan los dere- chos de la naturaleza, excluyendo las normas sobre Defensoría de la natu- raleza. 8 LA PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA DE CHILE | EDICIÓN CONCORDADA

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