La propuesta de Constitución Ecológica de Chile
j) Adoptar e implementar políticas públicas que fomenten y promocionen el desarrollo social, productivo, económico y cultural de la región autónoma, especialmente en ámbitos de competencia de la región autónoma. k) Promover la innovación, la competitividad y la inversión en la respectiva región autónoma. l) Elaborar y presentar ante la asamblea regional el proyecto de presupuesto regional, conforme a esta Constitución y al es- tatuto regional. m) Administrar y ejecutar la planificación presupuestaria sobre la destinación y uso del presupuesto regional. n) Ejercer competencias fiscales propias conforme a la Consti- tución y la ley. ñ) Celebrar y ejecutar convenios con los gobiernos de otras re- giones autónomas para efectos de implementar programas y políticas públicas interregionales, así como toda otra forma de asociatividad territorial. o) Celebrar y ejecutar acciones de cooperación internacional, dentro de los marcos establecidos por los tratados y conve- nios que el país celebre al efecto y conforme a los procedi- mientos regulados en la ley. p) Las demás atribuciones que señalen la Constitución, la ley y el estatuto regional. Concordancias respecto a territorio, ordenamiento y planificación: 52, 135, 139, 141, 147, 165, 178, 184, 186, 187, 192, 193, 197, 199, 201, 202 n), 220 i), 226 m), 230, 236, 240, 241, 268 ñ), 4T, 6T, 7T, 15T, 23T, 26T, 37T. » Art culo 226 Son atribuciones de la asamblea regional: a) Dictar su reglamento interno de funcionamiento. CAPÍTULO VI LA PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA DE CHILE | EDICIÓN CONCORDADA 72
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