La propuesta de Constitución Ecológica de Chile
Concordancias respecto a agencia nacional del agua, consejo de cuencas y manejo integrado de cuencas: 142, 143, 144, 197, 220 i), 226 k), 241, 4T, 6T, 7T, 34T, 35T, 36T, 37T,. Concordancias respecto a bioética: 98, 99, 4T, 6T. Concordancias respecto a defensoría de la naturaleza: 119, 148, 149, 150, 271, 4T, 6T, 7T, 37T, 42T, 43T, 53T. Concordancias respecto a tribunales ambientales: 327, 331, 333, 4T, 6T, 7T, 37T, 42T, 43T, 44T, 49T, » Art culo cuadragésimo noveno transitorio.- El Presidente de la República deberá presentar, dentro del año siguien- te a la entrada en vigencia de esta Constitución, un proyecto de ley re- lativo al Consejo de la Justicia conforme a lo establecido en el artículo 345. Mientras esta ley no se promulgue, el sistema de nombramientos, así como el gobierno y la administración de los tribunales de justicia en los términos del artículo 343, se regirán por las normas vigentes al momento de la entrada en vigor de esta Constitución. La constitución del Consejo de la Justicia tendrá prioridad en la implementación de la nueva institucionalidad. Concordancias respecto a tribunales ambientales: 327, 331, 333, 4T, 6T, 7T, 37T, 42T, 43T, 44T, 47T. » Art culo quincuagésimo tercero transitorio.- Dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigencia de esta Constitución, el Presidente de la República deberá presentar el pro- yecto de ley que regule la organización, el financiamiento y las atribu- ciones de la Defensoría del Pueblo y la Defensoría de la Naturaleza . Desde su ingreso, el Poder Legislativo tendrá un plazo de dieciocho meses para la tramitación y el despacho a promulgación. Para todos los efectos, se entenderá que la Defensoría del Pueblo creada por esta CAPÍTULO XI LA PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA DE CHILE | EDICIÓN CONCORDADA 108
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=