Innovar y transformar desde las disciplinas: experiencias claves en la educación superior en América Latina y el Caribe 2021-2022
2 Para su funcionamiento, el Consejo Universitario deberá dictar un regla- mento que contenga las normas relativas a la elección de cada integrante in- dicado en las letras b), c) y d) (…) Dicho reglamento deberá considerar la paridad de género en su composición . (Caso chileno N°5; p p. 125). Respecto a la desigualdad de trato, puede evidenciarse a través de privilegios, ausencias y estrictos cánones de actuación. Fig. 3. Desigualdad de trato presente en las formas de organización universitaria. Una de las desigualdades que se evidencian son los privilegios de profesores y estu- diantes, ya que se expresa la integración de estos estamentos a la vida artística y cultu- ral, no incorporando en el discurso a otros estamentos. Hay ausencia de lenguaje in clu- sivo, haciendo referencias a los profesores, los decanos, los rectores . Por su parte, a los académicos se les consignan códigos de actuación muy estrictos, pero también se le otorgan privilegios, como la definición de su línea de investigación o la pos ibilidad del año sabático. En particular, se establece en los códigos de actuación que la rectoría no tiene derecho a voto en la junta directiva, es decir, se procura control más que diálogo. Nodo: deber solidario/ códigos de actuación Todo académico de la Universidad debe siempre procurar en sus actuaciones la debida solidaridad para con la comunidad universitaria de la que forma parte y, en especial, con las decisiones adoptadas por las autoridades compe- tentes. Esta solidaridad implica, entre otros el deber de plantear primera- mente ante los organismos o autoridades internas responsables de su deci- sión, cualquier denuncia sobre un hecho que afecte negativamente a la Uni- versidad (Caso chileno n°1; p p. 106 - 108). En cuanto a la igualdad de trato, se señala que todos los miembros de la comunidad deben recibir un trato digno, derecho a estar informado, a participar, a ser evaluado en justicia y ejercer sus libertades fundamentales. Se establece , como principio , la no dis- criminación de todos los miembros de la comunidad educativa y el uso de lenguaje 686
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