Los tratados entre la Nación Mapuche y la Corona de España
208 Carlos Contreras Painemal 1º.- Que siendo el primer paso de este Congreso rati- ficar su reconocimiento y confesar todos por su Rey y Señor Natural al poderoso Soberano Señor Don Carlos Cuarto, y por su sucesor al Serenísimo Príncipe de Asturias Don Fernan- do, debían prometer y jurar serles en todo fieles obedientes vasallos, y como tales, amigos de sus amigos y enemigos de sus enemigos, sin otra inteligencia que la que corresponde a las sencillas palabras con que se les previene todo cuanto se expresará en los artículos siguientes. 2º.- Que habiendo tratado en el Parlamento de Lonquil- mo sobre los medios de entablar las ferias que proporcionasen la venta de los efectos que sacasen de comercio los cuatro Bu- talmapus, y que no tuvo efecto por el perjuicio y demoras que acaso les resultaba por esperar a los tiempos y períodos que expresaba aquella determinación, se trató de nuevo el mismo caso dirigido a su bien únicamente en el último Parlamento de Negrete estableciéndose a un libre comercio que podrían hacer los naturales en todas las plazas, villas y ciudades del Reino transitando libremente por todos nuestros caminos y tierras, con las especies que conduzcan, y del mismo modo los españoles por las suyas, franqueándose los caminos recí- procamente libres, y con la mas escrupulosa seguridad cuya resolución quedó afirmada, y en consecuencia se hizo presente a S.M. para su soberana aprobación, que en efecto se obtuvo procediéndose a su entable en el año pasado de noventa y seis, bajo las reglas que expresa el bando público de este particular,
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