Los tratados entre la Nación Mapuche y la Corona de España

199 Los Tratados celebrados por los Mapuche con la Corona Española daño ni extorsioii, antes si les han de franquear los Caminos y dar cada Cacique una o dos guias, hasta entregarlos alterna- tivamente al cacique inmediato con expresa recomendación de que executen 10 mismo, y les de también guias o escoltas si las necesidades para que vayan seguros y auxiliados hasta aquella Plaza, y lo propio a su retorno, como lo haran tanibieii con ellos y sus mensajes, los Corregidores y justicias de los Partidos de ida y vuelta. 16°. Que no han de consentir que los Yanaconas na- cidos, bautizados y casados entre nosotros dejando abando- nadas a sus mujeres e hijos Ó las obligaciones de Christiano sevayan avivir entre ellos para perturbarlos en sus posesiones y quietud, engañarlos e inducirlos con malos concejos a su rui- na, sino que como queda dicho los han de prender y volver al lugar de donde hayan salido, como a los Españoles, mestizos, mulatos y negros que se fueren huyendo del castigo por sus maldades, por lo que ha de ser también del cargo de los Alcal- des Ó jueces de cada Reduccion dar inmediatamente noticia a su Cacique de cualquiera de los tales sujetos que llegase a ella, para que proceda a su prision y reniesa a los Españoles, para que asi no haya excusa de que no han sabido quienes fuesen los Ladrones, o los que hayan hecho dafios o perjuicios á ellos o á los españoles”. 17°. Que supuesto que el Rey nuestro Señor, y el Ex- celentissimo Señor Virrey de estos Reynos, con noticia del

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