Los tratados entre la Nación Mapuche y la Corona de España

196 Carlos Contreras Painemal con ellos, y en los referidos Parlamentos de mi antecesor el señor don Francisco Xavier de Morales”. 12°. Que han de ser amigos de nuestros amigos, y ene- migos de nuestros enemigos, y avisando siempre que tean en la Costa navíos extranjeros los Comandantes de las Plazas cerca- nas para que se prevengan; que han de retirar inmediatamente sus ganados á distancia de diez leguas tierra adentro, y unir sus armas con las nuestras para rechazarlos, hasta conseguir su expulsión y retiro, ejecutando lo propio contra todos los que se declarasen nuestros contrarios, faltando a lo que queda pactado, para que sean castigados y destruidos y se conozca la Lealtad qe guardan á los Españoles, manifestándose fieles con los fíeles y declarados enemigos con lo que fueren desleales’’. 13°. Que no habiendo razon ni justicia para que im- punemente unas Naciones a otras, siendo todos iguales, se insulten y ofendan cebandose mas que si fueran fieras en la sangre de los suyos por el barbaro medio de las malocas, con que se destruyen perdiendo sus vidas, Ó llorando las muertes de sus mujeres, hijos y parientes, Ó la perdida de sus casas, ganados, animales y sembrados, sin estar un dia seguras de que no sean insultados, y muertos otros y alevemente arma- dos de los que, ordinariamente por solo el interes de robarlos, sorprenden y asesinan, de que encienda entre ellos el fuego de las mas sangrientas guerras, ha de quedar desde ahora para siempre jurado y establecido con las maiores firmezas que en

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