Los tratados entre la Nación Mapuche y la Corona de España
150 Carlos Contreras Painemal que goçavan, y otras cosas tocantes a la rreligion que van ex- presadas en los capitulos que se les fueron proponiendo, para lo qual mando su señoria al Capitan Don Antonio de Soto Pedrero, interprete que deste rreino, y en presenzia de otras muchas personas capazes en la lengua de los indios, fuese declarando a a [sic] dichos caçiques en su nativo ydioma las proposiciones que avian de entender a [ininteligible] para la conservacion de la paz y bien comun dellos, como para darles a entender los herrores de la lei en que bivian, pues les ser- viria de mui poco, la comunicación de los españoles y pacifi- ca correspondencia, si de ella no se seguia la uniformidad de rreligion para el beneficio de sus almas, y el dicho interprete general por horden de su señoria, principio el Parlamento de- clarando a dichos caciques y dandolos a entender lo contenido en los capitulos siguientes= 1. Que aviendo ido su señoria a la corte del rrei nuestro señor (que Dios guarde) informo a Su Magestad y a su consexo de todo lo tocante a esta guerra por las experiencias que tenia della, y expecialmente de los yndios y de la paz que tenian asentada dando quenta mui por menor de las parcialidades, caciques y numero de jente que tienen por cuio conocimiento, le mando Su Magestad que biniese a governar a estas provin- cias y a solicitar el maior bien de los yndios, y mantenerlos en paz y justicia no permitiendo que se les hagan molestias ni agravios finalmente a tratarlos y a que sean tenidos por vasallos de Su Magestad como lo son los demas sujetos a su corona, goçando enteramente de su libertad. Y siendo cierto
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