Reducción del riesgo de desastres y nueva Constitución: hacia una perspectiva pública y transdisciplinar

20 Universidad de Chile . 2021 3. PRINCIPIO N°3 Fortalecimiento de la educación pública para la resiliencia Contenido La educación es un derecho humano fundamental. En este sentido y en un enfoque de RRD, la nueva Constitución debe garantizar que las personas que habitan el país tengan acceso a un conocimiento adecuado y suficiente para comprender, prevenir y gestionar las dinámicas de riesgo de su propio territorio, es decir, una adecuada percepción del riesgo al que están expuestas. Este conocimiento debe ser concordante con los principios de interculturalidad, equi- dad de género y diversidad, en armonía con los acuerdos y marcos internacionales de Derechos Humanos y otros afines. Como consecuencia de lo anterior, la educación cívica y la for- mación ciudadana son responsabilidades públicas indispensables. Estas deben actualizarse a los problemas públicos del siglo XXI, incluyendo la educación ambiental y explícitamente la prevención y gestión de los riesgos socionaturales. Esto permitirá la formación de una base de participación y el fortalecimiento de una cultura resiliente en el marco de la democracia. Para la UNESCO (2017), la educación desempeña una función de protección, tanto antes como después de los desastres. La labor educativa se torna esencial para salvar vidas y reducir las conse- cuencias psicológicas de una situación de emergencia. Asimismo, la Agenda 2030, considera en el ODS 4 sobre educación que es ne- cesario “fomentar sistemas educativos más resistentes y adaptados para hacer frente a los conflictos armados, los problemas sociales y los desastres de origen natural, así como garantizar que la educación se mantenga en medio de situaciones de crisis (...)”

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