La cuestión ambiental en la nueva constitución: elementos para la reflexión

15 La cuestión ambiental en la nueva constitución: elementos para la reflexión. 3. PRINCIPIOS JURÍDICOS QUE CONSIDERAR Desde la realización de la Cumbre de Río de Janeiro (Brasil, 1992) se consolidó el concepto de solidaridad intergeneracional, principio proveniente de la ética del desarrollo respecto de cómo satisfacer las necesidades de las actuales generaciones sin comprometer a las futuras, conservando el medio ambiente. El principio de solida- ridad intergeneracional permitiría delinear una visión de país y el compromiso de todos los actores para abordar la agenda de cam- bios ambientales y políticas públicas solidarias con las generacio- nes futuras. La discusión de la dimensión ambiental también debería conside- rar el principio de no regresión, de forma que lo acordado conlleve revisión de leyes, reglamentos, normas, o cualquier otro elemento del ordenamiento jurídico que pueda retroceder o aminorar el ni- vel de protección ambiental que se ha alcanzado. En la actualidad, nuestro país no ha consagrado este principio. Igualmente debería considerarse el principio preventivo, base de nuestra regulación ambiental, consistente en prever los efectos o impactos que pro- vocan las actividades antrópicas en el ambiente y en sus compo- nentes y tomar acciones para reducir, aminorar o compensarlos. Este principio está consagrado a nivel local y su exponente es el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Debería considerarse el principio precautorio, emanado de la De- claración de Río de Janeiro (1992) la cual señala que “Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar amplia- mente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuan- do haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para im- pedir la degradación del medio ambiente”. Si bien se ha consagrado en algunas leyes y recogido por la jurisprudencia, en la actualidad no es reconocido como debiera para transformarse en una verda-

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