Derechos de las personas mayores en la nueva constitución

9 Derechos de las personas mayores en la nueva Constitución: aportes desde la Universidad de Chile. 1. Justificación El actual proceso constituyente, iniciado el 25 de octubre del año 2020, abre el debate en relación con los principios orientadores y un catálogo de derechos posibles, que otorguen una normativa constitucional y jurídica para el conjunto de la sociedad. Siguiendo la huella de tratados internacionales en materia de Derechos Hu- manos, resulta fundamental construir normas para grupos de la población específicos. La situación constitucional de las personas mayores en Chile será el eje de este documento, donde lo primero que debemos contestar es ¿Por qué las personas mayores deben tener alguna consideración en una nueva Constitución? Para ello, un primer elemento tiene que ver con la revolución de- mográfica que ha resultado el envejecimiento en términos globa- les.La vejez es el futuro inevitable de todas las personas, y será el devenir de una mayor proporción de la población progresivamente. En nuestro país, según las proyecciones realizadas por el Instituto Nacional de Estadísticas, el número de personas de 65 años y más hacia el 2035 debiera alcanzar el 18,9% de la población (3.993.821), mientras que para el 2050 se proyecta que haya 177 personas ma- yores por cada 100 menores de 15 años (INE, 2018). Frente a ello, es evidente la importancia social que toma este grupo de la po- blación, que además, recalca el aporte como recurso humano que brindan al resto de la sociedad. Pero el envejecimiento como proceso es mucho más complejo, la calidad de vida se vuelve un eje central. Condiciones individuales y estructurales confluyen en el devenir de las personas mayores y cómo viven este proceso en su curso de vida. Asimismo, la convi- vencia social en la acción de cohabitar un territorio implica necesa- riamente relaciones intergeneracionales, sin embargo, hay grupos etarios que histórica y culturalmente han sido sometidos a discri- minación. Este es el caso de las personas mayores, quienes se han constituido como un grupo etario objeto de discriminación. Falta de acceso efectivo a los sistemas formales de la sociedad, condiciones

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