Propuesta Constitucional sobre el Derecho a la Alimentación
30 Universidad de Chile . 2021 En primer lugar, se plantea que el Estado debe garantizar una alimentación saludable y suficiente durante el embarazo y los pri- meros siete años de vida. En la misma línea, el DA no solo debe asegurar el acceso e inocuidad de los alimentos, sino también velar por que las características económicas de la población les permi- tan abastecerse de manera suficiente. Por ello, cuando se habla de acceso, también debiera hablarse de un ingreso mínimo, porque si no se tiene dinero, no es posible acceder a alimentos saludables. Dicho esto, se propone que ciertos alimentos básicos en la dieta de las/os chilenos/as, estén protegidos frente a las alzas de precio, no obstante, es necesario considerar que dentro de la población exis- ten diferentes necesidades alimentarias, por lo que es complejo establecer cuáles son esos alimentos básicos. Otra idea que surge respecto a esta temática es otorgar mayor relevancia a los bancos de alimentos saludables, nutritivos e inocuos, dado que indudable- mente esto contribuiría a concretar y garantizar el DA. Dentro de esta temática, se propone incorporar los conceptos inocuo, saludable y nutritivo como características del DA. Para ello, se propone establecer marcos de referencia en la constitución, por ejemplo, respecto a definiciones que se emiten desde FAO, OMS, UNICEF, The EAT-Lancet Commission on Food, Planet and Health u otros organismos internacionalmente reconocidos. 1.4 Soberanía alimentaria y Seguridad alimentaria Respecto a los resultados del primer taller, la discusión en esta se- gunda instancia giró en torno a cómo la soberanía y seguridad ali- mentaria se conjugan con el derecho constitucional a la alimenta- ción. Frente a ello, una mayoría propone nombrar ambos conceptos a la hora de definir el DA en una Nueva Constitución, esclareciendo la diferencia entre ambos. Sin embargo, existen muchas particula- ridades a considerar en esta propuesta, que no son necesariamen- te excluyentes, pero que sí ponen énfasis distintos. Por un lado, se afirma que la seguridad alimentaria debe ser entendida en base a nuestra soberanía alimentaria, considerando la producción local en el país y la conservación de la cultura. Mientras que otras miradas aseveran que la seguridad alimentaria ya está incluida al hablar de soberanía alimentaria, por lo que bastaría con incluir esta última al hablar del DA.
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