El impacto de la pandemia sobre las personas mayores

constituye una vulneración al artículo 5to de la misma que en la medida que ha implicado una aumento del sufrimiento y del pa- decimiento del paciente. No proveer cuidados paliativos constituye también una vulneración de la convención. Además de esto, la corte declaró que el estado vulneró el dere- cho a obtener el consentimiento informado por sustitución al no informarle a la familia y también el acceso al no requerir la au- torización de la familia en el procedimiento y también vulneró el acceso a la información en materia de salud en prejuicio del señor Poblete y sus familiares. Esto implica t una vulneración del dere- cho acceso a la justicia, y a la integridad personal en perjuicio de los familiares del señor Poblete, de modo que si volvemos sobre la definición y sobre esta mirada integral que ofrece la convención, en el caso Poblete Vilches, queda adecuadamente recogido, aplicando solo las normas de la Convención Americana, no todavía la nor- ma de la Convención Interamericana de Derechos de las Personas Mayores, la cual no estaba todavía ratificada por nuestro país, y en donde evidentemente da cuenta que los derechos, el derecho debe ser garantizado de modo integral a la persona y a su entorno. La Corte se pronunció por primera vez en el derecho a la salud como un derecho autónomo, no como un derecho derivado de un dere- cho a la vida, interpretando el articulo 26 y determinó que este de- recho implicaba la protección especial de las personas mayores por su condición de vulnerabilidad, de esta manera al Corte recoge este cambio de paradigma que da cuenta efectivamente de la necesidad de mirar los derechos desde la perspectiva interseccional para pre- venir situaciones de discriminación múltiple, y aquí tenemos una muestra de cómo podría o cómo operan estos factores de discrimi- nación interrelacionado, cómo funciona la interseccionalidad y por lo tanto la necesidad de prevenir en definitiva estas condiciones de discriminación a la hora de diseñar la política pública y garantizar los derechos de las personas mayores. En honor al tiempo, cerraría. Muchas gracias. SEPTIMA ESCUELA INTERNACIONAL DE VERANO SOBRE ENVEJECIMIENTO 2020 DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE.

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