El impacto de la pandemia sobre las personas mayores

el derecho cuando hablamos de derechos económicos, sociales y culturales. Este estándar impone al Estado la realización de estos compromisos hasta el máximo de los recursos disponibles. En el futuro, estas ideas de “en la medida de lo posible” o de “ajustes razonables” deberían tener un giro. Para evaluar el cumplimiento del derecho internacional en la materia , se debería demostrar si se han utilizado al máximo los recursos disponibles. Resaltando este cambio de paradigma, la Convención insta a terminar con el aisla- miento, con el abandono, la sujeción física prolongada, el hacina- miento, la expulsión de la comunidad, negación de nutrición, la in- fantilización y pongo el énfasis porque evidentemente esto implica un acuerdo de nuevo trato, tratamientos médicos inadecuados o desproporcionados, y todos aquellos que pueden constituir tratos crueles inhumanos y degradantes respecto a las personas mayores. Ahora, siguiendo con el mismo tema, quisiera hacer énfasis en algunos derechos que se han puesto en entredicho en el marco de la crisis que estamos enfrentando. Como ya hemos revisado, se debería respetar el derecho a la independencia y la autonomía. Medidas como la obligación de que toda persona mayor de 75 años pueda salir por un determinado tiempo restringido y acompañado además de una persona que se haga cargo de su cuidado, supone que todas las personas mayores de 75 años no son autovalentes, y ello evidentemente conspira contra la dignidad en el tratamiento de las personas mayores. No aparece una justificación razonable desde la perspectiva de garantizar la independencia y la autono- mía de las personas, o su participación plena o integración en la comunidad. Parece razonable si la persona no es valente pero es del todo irracional y discriminatoria respecto de las personas va- lentes y probablemente todos nosotros hemos sido testigo de la manera en que eso ha afectado a personas absolutamente inde- pendientes, autónomas de 75, 80 y hasta 90 años, que desarrollan su vida con plena independencia y autonomía y que se han visto imposibilitados de hacer su rutina. Esta regulación les impide con- currir incluso al almacén de la esquina donde suelen abastecerse de los productos esenciales. Otra cuestión que me parece importante dar cuenta. Acabamos de ver un caso muy paradigmático en la comuna de Recoleta. Una persona mayor que habitaba en un automóvil. La Convención hace énfasis en los derechos económicos y sociales, particularmente EL IMPACTO DE LA PANDEMIA SOBRE LAS PERSONAS MAYORES: UNA MIRADA CON PERSPECTIVA DE DERECHOS 150 151

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