Estudios y reflexiones desde entornos latinoamericanos
65 contrato), o prácticas (la patria potestad, por ejemplo). Si se asume que el grafiti de firma tag es un glifo que funciona según la semiosis de la rúbrica, entonces habrá que admitir que esta modalidad de la grafía es un ejercicio de autoridad sobre las superficies y objetos que marca (es decir, que firma ). De acuerdo a este razonamiento, el grafiti de firma tag es un gesto de apropiación de espacios ajenos, ya sea que pertenezcan a alguien con nombre y apellido (una residencia personal o un establecimiento comercial o institucional), o que pertenezcan a todos (los espacios públicos y el mobiliario urbano, por ejemplo). El tag es una marca gráfica que escapa a las visualidades admisibles en la ciudad, ya que impone territorios que se superponen a las territorialidades sancionadas por las leyes económicas, políticas y sociales, subvirtiendo la experiencia espacial que tenemos de la ciudad. Entonces, se puede afirmar que el grafiti de firma tag es una textualidad visual capaz de generar territorios cuyos “ propietarios ” son tan fantasmagóricos como la propia sinuosidad del trazo gráfico que le da forma visual. La subjetividad que expresa el tag es puro deseo y acción de apropiación. No hay nombre reconocible, y por lo tanto, no hay responsable, pero sí una deixis que evidencia que hubo alguien que estuvo allí y que reclama para sí la superficie marcada. El grafiti de firma tag no es un signo, sino un texto que remite a sí mismo y a su condición de huella de su autor. Pero no es un texto descriptivo, sino un texto performativo que hace, al mismo tiempo que dice. Se apropia de la superficie marcada, transfigurándola en territorio apropiado al decir “ estuve aqu í” (lo que implica invadir los territorios previamente reclamados por la institucionalidad urbana). Constituye la paradoja de una firma (rúbrica) que asegura el anonimato de su autor a través de su ilegibilidad, cuando la función única de toda firma es señalar la existencia de un sujeto (firmante) y sujetarlo a las constricciones de responsabilidades asumidas (públicas o privadas). Si a las consideraciones anteriores, se agrega la tendencia a la aglomeración que manifiesta el grafiti de firma tag , es fácil percibir que su acción apropiadora no es solo una declaración de guerra a las subjetividades de los propietarios legales de las superficies marcadas. También es una competencia con sus pares: otros tags (es decir, otras subjetividades) que tienen la misma pretensión de dejar sus huellas y asumir el control simbólico de la ciudad. Una pared garabateada con decenas de tags (algunos diferentes, otros el mismo repetido, con el objetivo de no dejar espacio libre a los rivales) está tan cerca del fenómeno de la contaminación visual que muchas veces la pared termina siendo condenada
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