Reflexiones sobre la nueva Ley Chilena Antártica
6 cambios notables en las últimas seis décadas, y en especial luego de que el año 1959 se acordara el Tratado Antártico (en vigor, 1961). El régimen inter- nacional a que dicha convención dio origen, y en el cual Chile ha sido un actor protagónico, nos impo- ne asimismo una serie de condicionantes respecto a nuestro desempeño en, y en relación con, el Conti- nente Austral. La necesidad de contar con una nueva ley antártica se manifestó formalmente al menos desde el 2000, pero no fue hasta el año 2011, tras la creación de la Dirección de Antártica del Ministerio de Relaciones Exteriores, que se avanzó efectivamente en ello. La Ley 21.255, en cuyos estudios preparatorios, redac- ción y tramitación tuve el honor de participar desde el 2011 hasta su publicación, así como en su más temprana aplicación, busca recoger las preocupa- ciones del presente, pero dentro de una perspectiva histórica de largo plazo y con la mirada puesta en los desafíos futuros. Para lograrlo, combina, en un delicado equilibrio, la reafirmación de nuestros de- rechos soberanos sobre el Territorio Chileno Antárti- co con el respeto a los compromisos internacionales asumidos por el país, tanto en el marco del Sistema del Tratado Antártico como en forma bilateral. Los objetivos de la ley son: (1) Proteger y fortalecer los derechos soberanos antárticos de Chile, con cla- ros fundamentos geográficos, históricos, diplomáti- cos y jurídicos; (2) Establecer los principios confor- me a los cuales el Estado de Chile, a través de los órganos competentes, conduce la política antártica y ejerce sus competencias en materia antártica; (3) Promover la protección y el cuidado del medioam- biente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados, así como su condición de reserva natural, dedicada a la paz y a la investigación científica, a través del reforzamiento y profundización del Siste- ma del Tratado Antártico; (4) Potenciar y regular las actividades antárticas de Chile, incrementando su calidad de prestador de servicios operativos, logísti- cos, tecnológicos y científicos antárticos, e incenti- vando el desarrollo del país ligado a las actividades antárticas, estatales y no estatales; y, (5) Fomentar la actividad antártica de Chile, promoviendo el de- sarrollo social y económico de la Región de Magalla- nes y de la Antártica Chilena. Se reitera la delimitación del Territorio Chileno An- tártico efectuada mediante el Decreto Supremo 1.747 (1940/1955) del Ministerio de Relaciones Ex- teriores –el área comprendida entre los meridianos 53º y 90º de longitud oeste, teniendo al Polo Sur
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