Modelo educativo de la Universidad de Chile - 2021

58 en un área del conocimiento o de una disciplina determinada como condición habilitante para la obtención de aquellos títulos profesionales en las carreras que así lo requieran. • Magíster y Doctor Se requerirá estar en posesión del grado de licenciado en un área del conocimiento o de una disciplina determinada como condición habilitante para la continuación de estudios académicos superiores conducentes a los grados de magíster y doctor. • Certificación complementaria Cada Facultad podrá́ entregar a sus estudiantes una certificación intermedia, si el plan de formación así lo establece expresamente en el reglamento específico, cuando se logren las competencias establecidas para estos fines. El plan de formación de un estudiante podrá incluir una certificación complementaria, si el estudiante logra una aprobación de un mínimo de 30 créditos, logrando así ́ciertas competencias específicas en una temática diferente a la de su carrera principal. Podrán considerarse como créditos válidos para estos fines actividades formativas generales, básicas y complementarias, que constituyan requisito para el logro de la certificación complementaria y que el estudiante haya seleccionado como actividades electivas y/o de libre elección. Cada Facultad deberá informar anualmente a la Vicerrectoría de Asuntos Académicos la oferta de actividades conducentes a una certificación complementaria, estableciendo su nombre, las actividades curriculares que incluye, el número de créditos y los cupos disponibles. La certificación complementaria será entregada por la Facultad o por la unidad académica donde el estudiante curse la mayor parte de los créditos que conforman esta certificación.

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