Resultados segundo taller de discusión "Foro Ambiental Constituyente"

resultados segundo taller de discusión "foro ambiental constituyente" * 10 1. derechos a garantizar primer bloque: derechos de las personas y/o la naturaleza 1.1 Derecho a UN MEDIOAMBIENTE SANO Un medio ambiente sano permite el desarrollo de la vida. Este derecho debiera considerarse como sustantivo, no homologable al medio ambiente “libre de contaminación”. La idea del medio ambiente libre de contamina- ción está lejana a lo que se necesita en cuanto a la relación con la natura- leza, ya que las relaciones ecológicas son mucho más complejas, el medio ambiente libre de contaminación no da cuenta de estas complejidades es- tructurales y de los procesos que necesitamos mantener para, justamente, cuidar la integridad de la naturaleza. Además, se reconoce la discusión conceptual sobre “medio ambiente equi- librado”, que si bien se entiende desde los Derechos Humanos, desde un punto de vista biológico los ecosistemas son dinámicos, por lo que nos de- biéramos acercar más a un entendimiento desde los sistemas complejos. Complementario a esto, se plantea que la Nueva Constitución debe garan- tizar el derecho a la salud, cuestión que está estrechamente ligado los fac- tores ambientales, la relación con el resto de los seres vivos y la naturaleza. Actualmente, factores como la pérdida de diversidad biológica, el cambio climático, estilos de vida, el rol de la urbanización y otros factores, están generando las condiciones, riesgos y problemas de salud en la población, por lo que es fundamental avanzar desde una perspectiva de derechos integral. 1.2 Derecho de acceso al agua y gestión de bienes comunes con enfoque de género El agua es considerada un bien común al cual las personas tienen derecho de acceso, fundamentalmente por ser un elemento vital para la existencia humana. Se plantea que la gestión de este acceso no debe poner en riesgo la sustentabilidad de la sociedad, la naturaleza y el medioambiente. Además, es necesario cambiar la noción de “recursos naturales” a “bienes comunes” e incorporar la perspectiva de género en la gestión de estos * primer bloque

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