Medidas estatales para prevenir la violencia contra las mujeres en tiempos de COVID-19 : Informe de investigación

Madldas astatala llal lfflllllr la VIOLENCIACO LASMUJERES en lllinP0$'11i COVID-19 Dificultades en el marco del conocimiento de causas por el Poder Judicial Los tribunales hacen una bajada específica del protocolo emanado de la Corte Suprema1 9 cada uno adoptando las medidas que considera necesarias, lo que deja espacio para la inacción y para una variación muy grande en la administración de justicia. El protocolo además incorpora delitos de trata, lesiones que no se dan en el marco de la violencia intrafamiliar, pero dado que no hay ley que los sancione, depende de los intervinientes su aplicación (funcionaria de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género, 2020). Surgen además problemas específicos derivados de la convivencia, como la posibilidad de realizar o no la audiencia , dado que ambas partes están en el mismo domicilio . Esto se produce fundamentalmente en las causas de familia y no en las penales, pero es un problema por las posibilidades de tener un nuevo ataque en causas de violencia, y es un desafío para el personal y para la institución. Por otra parte, la falta de funcionamiento de los tribunales y otros organismos en forma presencial ha implicado que las audiencias y la generación de otras pruebas, por ejemplo mediante oficios, han tenido un retardo importante, lo que ha tenido impacto en la postergación de las causas (funcionaria de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género, 2020; Pérez, 2020; Ministerio Público, 2020). También ha habido cuestionamientos al debido proceso, a propósito de las medidas de virtualidad o de incorporación de medios tecnológicos a las pruebas (Ortíz, 2020) . Por ejemplo, hay ciertas críticas relacionadas con la flexibilización de los procedimientos, en particular en las querellas por violencia sexual, en donde se les ha pedido a las víctimas que envíen sus testimonios por Whatsapp o correo, poniendo en riesgo la seguridad del testimonio y de la víctima y sin el resguardo que establecen los estándares internacionales para estos casos (Pérez, 2020). Hubo una demora por parte de la fiscalía para poder realizar la solicitud de medidas cautelares, que permite realizar la solicitud y renovación sin mucho trámite, pero luego hay mucha dilación en la realización de la audiencia, la que puede tardar tres a cuatro meses, lo que en un contexto de violencia es insostenible (Peña, 2020). 49 Auto Acordado N°53-2020 sobre el funcionamiento del Poder Judicial durante la emergencia sanitaria nacional. •

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