Medidas estatales para prevenir la violencia contra las mujeres en tiempos de COVID-19 : Informe de investigación

Mllldils ISlllalllS para ime• 11 VIOLENCIACONTRA USMUJERES en......_ lle COVID-19 Adicionalmente, hay dificultades en la producción de prueba, los prejuicios respecto a los testimonios de las víctimas, los informes periciales que tardan mucho y la falta de calidad de los informes que aportan los centros de la mujer (funcionaria de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género, 2020; Ortíz, 2020). Otro problema de fondo tiene que ver con la dualidad del procedimiento por causas de violencia intrafamiliar. Las mujeres presentan denuncias en Tribunales de Familia, los cuales si consideran que es maltrato habitual las derivan al Ministerio Público, para el cual los temas de violencia psicológica no son graves, por lo que no los investigan, y lo mismo pasa con otros casos de violencia intrafamiliar. Por otra parte, no toman en cuenta otros temas de familia que se pueden estar tramitando en paralelo, como visitas o alimentos, lo cual implica una mirada parcial del problema y sin una sensibilización del fenómeno de la violencia contra las mujeres (Maturana, 2020; funcionaria de la Secretaría Técnica de Igualdad de Género, 2020; Pérez, 2020; Peña, 2020) . Adicionalmente, en materia penal la cantidad de fiscales dedicados a los temas de violencia intrafamiliar son absolutamente insuficientes para la cantidad de causas, lo que implica que cada uno está a cargo de más de doscientas causas (Peña, 2020) . Por otra parte, el acento está fuertemente puesto en la violencia intrafamiliar y en las lesiones, lo que excluye otras formas de violencia y otros grupos poblacionales (Muñoz, P., 2020). Adicionalmente, y más allá del ámbito exclusivo del Poder Judicial, se critica que hay servicios ofrecidos por diversos órganos, que son similares y que no se encuentran coordinados entre sí, lo que refleja una falta de visión planificada sobre el problema de la violencia . El ámbito donde la coordinación es mucho más clara es en relación con femicidio, pero no con otras formas de violencia (Maira, 2020; Palacios y San Martín, 2020) . En esta misma línea, pero en particular en lo referente a los canales de denuncia, estos no se encuentran articulados, no se cruza información entre Carabineros, Policía de Investigaciones y entre los diversos tipos de Tribunales, lo que tiene un impacto en la evaluación del riesgo en que se encuentran las mujeres (Madariaga, 2020) . También hay un desconocimiento del problema y una relativización por parte de Carabineros al recibir las denuncias o entregar apoyo a las víctimas, lo cual tiene que ver con la capacitación . La respuesta es fría, sin acogida, sin orientación y en muchos casos desincentivando la denuncia •

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