Sistematización de la experiencia "El Rincón de la Mujer Mapuche"

73 Con respecto a la motivación de su participación y la repercusión en la calidad de vida de las participantes, Alicia Arias-Schreiber plantea que “ es simbólico que en la presentación final del proyecto haya sido una de las participantes, y no una de las promotoras, la que haya hablado [presentado]. Y más aún cuando era una participante sin facilidades de comunicación, que ganó seguridad a lo largo de las sesiones ”. La autoconfianza desarrollada en el seno del grupo, planteada por las participantes, coincide con la opinión de otra miembro del equipo: " Cualquiera de ellas puede hablar del proyecto como propio. (…) Las hicieron sentirse orgullosas de lo que habían escondido toda su vida. " (lamngen). Contrato mensual Consideramos importante destacar las opiniones con respecto al contrato y pago mensua l 18 que recibieron las promotoras de salud por liderar las experiencias en Bajos de Mena. Desde el diseño del proyecto, se pensó en incluir el pago a las promotoras, ya que en los meses en que desarrollaran las experiencias ocuparían al menos un cuarto del tiempo semanal, y que incurrirían en gastos de movilización. Así lo expresa Soledad: “ Yo creo que fue importante. Le dimos mucha vuelta... aquí se entrecruzan las ganas de que las cosas se hagan por solidaridad, altruismo, etc., con la pregunta de porqué tienen que ser siempre las mujeres las que trabajan gratis -que es otra vertiente, feminista, que tenemos en la fundación-. ¡Que no puede ser! Porque uno les está pidiendo que destinen tiempo, seriedad, horario.” La coordinadora piensa que el pago por realizar trabajo comunitario es un tema que no está zanjado, y que en la discusión hay argumentos plausibles desde las distintas posiciones. Alicia plantea que, al inicio, la medida le generaba 18 Las promotoras recibieron, entre mayo y noviembre, $100.000 mensuales por el trabajo desempeñado en la experiencia, a través de un contrato a honorarios. Este pago es equivalente a US$135,23 al 13 enero de 2020 y corresponde a 30,62% del sueldo mínimo legal para personas entre 18 y 65 años vigente desde septiembre de 2020, a 36,23% del sueldo mínimo vigente desde el 01 de enero de 2018 y 34,7%, al ajuste del 01 de septiembre de 2018.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=