Juventudes en Chile: miradas de jóvenes que investigan [volumen 2]

Caminos de vida y aprendizajes posibles en privación de libertad. – 321 2011: 73). Por lo tanto, la delincuencia juvenil constituye una construcción social que surge en respuesta al control de los jóvenes, con un campo institucional de poderes y saberes específicos (Tsukame, 2017). Prueba de ello es que, pese a existir cifras suficientes para señalar que los jóvenes no son quienes realizan la mayor cantidad de delitos en nuestra sociedad —menos del 10% son cometidos por menores de edad (Blanco y Varela, 2011)—, la delincuencia juvenil y el control de los jóvenes continúan siendo uno de los temas más trabajados por los gobiernos de turno y la opinión pública. De esta manera, se realizan constantemente modificaciones a las formas de castigo pe- nal y control de riesgo, amparados en programas de seguridad ciudadana y en la construcción de una mitología sobre la delincuencia juvenil y un show mediático de la misma, convocando a toda la sociedad frente a un enemigo común, hijo de la precariedad social y fragilidad de vínculos que caracterizan a las ciudades actuales (Tsukame, 2017: 11-12). Tsukame (2017) señala que la delincuencia juvenil no es un fenómeno pu- ramente individual, donde la responsabilidad recae en el descuido paterno, la pobreza endémica, el mal ejemplo o las conductas hereditarias, sino que es una construcción social que se encuentra a la base de la reproducción social y que se constituye como “campo discursivo e institucional conformado por especia- listas, ideologías, tecnologías y programas para el control del comportamiento “antisocial” de los menores de edad, que suponen saberes específicos sobre las causas y los remedios que se consideran más adecuados” (Tsukame, 2017: 13). 2. Los jóvenes del cip Entonces, cuando hablamos de los jóvenes del Centro de Internación Provisoria, estamos hablando de aquellos individuos entre 14 y 18 años, que pasaron a tener responsabilidad penal en el año 2007 —al entrar en vigencia la lrpa—, lo que quiere decir que pueden ser juzgados por el sistema especializado de justicia ju- venil. Específicamente en el cip, los jóvenes no se encuentran condenados, sino que se encuentran imputados y cumpliendo la medida cautelar de la internación provisoria hasta que concluya el proceso investigativo. Un primer elemento interesante respecto a los internos del cip es esta tarea compleja de definirlos como jóvenes, ya que, si lo analizamos desde la estética o bien desde aquellos roles que son asignados socialmente a la juventud, estos no cumplen con la idea legítima de lo que es un joven —tal como ocurre con los jóvenes de sectores marginales en la emergencia del concepto de juventud(es)—.

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