Nueva educación pública: contexto, contenidos y perspectivas de la desmunicipalización
CAPÍTULO3 : Lapropuestade creacióny el debate entornoa lanueva institucionalidad 95 educaciones, y haciéndose cargo en detalle de los aspectos más delicados y controversiales de superar la municipalización, regulando la transición hacia el nuevo sistema. En definitiva, la ley NEP es mucho más que el mero cambio jurídico del «sostenedor» de los establecimientos públicos o que la «desmunicipalización». 2. El proceso legislativo de la NEP y el mapa de sus principales protagonistas El proceso legislativo de la nueva educación pública se extendió por casi dos años de discu- sión y tramitación 11 . El proyecto fue ingresado en noviembre de 2015 por el Ejecutivo; el primer trámite legislativo se produjo en la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, entre noviembre de 2015 y julio de 2016; el segundo trámite, en el Senado, se desarrolló desde julio de 2016 hasta septiembre de 2017; mientras que el tercero y final, en una comisiónmixta, se realizó entre septiembre y octubre del 2017. En la figura siguiente se sintetizan las distintas fases de la tramitación legislativa, dejando en evidencia lo compleja que fue su discusión. Cuadro 3. Cronograma del proceso legislativo de la nueva educación pública Trabajo prelegisla- tivo Primer trámite legislativo (Cámara de Diputados) Segundo trámite legislativo (Senado) Tercer trámite legislativo (ComisiónMixta) Promulgación Marzo 2014 a octubre 2015 Noviembre 2015 Abril 2016 Julio 2016 Enero 2017 Agosto 2017 Sep- tiembre 2017 Septiem- bre 2017 Octubre 2017 Diciembre 2017 Elaboración de proyec- to, diálogo con actores y socializa- ción inicial de sus con- tenidos. Ingreso del proyecto a la Comi- sión de Educación. Se aprueba el pro- yecto en la Comi- sión de Educa- ción y pasa a la Comi- sión de Hacien- da. Se aprue- ba en gene- ral y en parti- cular en sala e Ingre- sa al Sena- do. Se aprueba en gene- ral en sala Se aprueba en la Comi- sión de Educa- ción y pasa a la Comi- sión de Hacien- da. Se aprueba en par- ticular en el Senado y vuelve a la Cámara original. La Cámara de Dipu- tados rechaza algunas modifica- ciones y el proyec- to pasa a Comisión Mixta. Se aprueba proyec- to en ambas salas y se oficia al Eje- cutivo para su promul- gación. Se promulga proyecto, al mismo tiempo que se nombran las primeras autoridades de la nueva educación pública. Fuente: Elaboración propia sobre la base de la Historia de la Ley 21040/2017, que crea el Sistema de Educación Pública (Biblioteca del Congreso Nacional, 2017). Durante esos dos años de tramitación, se desarrollaron ciento once audiencias en las que participó un amplio espectro de actores del mundo educacional, social y político. Es relevante precisar que, si bien se trata de un proyecto del campo educacional, la propuesta de rediseño institucional involucra cambios en la administración pública del Estado (como la gobernanza y 11 Como referencia, la Ley de Inclusión fue promulgada luego de trecemeses, mientras que la que creó el Sistema de Desarrollo Profesional Docente fue promulgada diez meses después del proceso de tramitación.
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