Nueva educación pública: contexto, contenidos y perspectivas de la desmunicipalización
CAPÍTULO1 : Evolucióny contextode las políticas educacionales sobre la educaciónpública enChile 25 entre sí por los puestos de trabajo y mejores salarios 2 . Un propósito implícito fue disminuir el poder de negociación e influencia del gremio docente y sus organizaciones nacionales (Cox 2005). También se buscaba disminuir el poder del Estado central (objetivo común al resto de las reformas en los otros campos que hemos hecho mención), disgregándolo y limitando así su influencia en el campo educacional. En su reemplazo, se esperaba que losmunicipios asumieran el rol de canalizadores de los intereses de las comunidades locales (Prieto 1983). En efecto, es interesante precisar que el primer planteamiento de la dictadura en torno al cambio de administraciónde la educaciónpública no fuemunicipalizarla, sino desconcentrar su gestiónhacia niveles regionales y locales del propio Mineduc, mediante la creación de Servicios Provinciales de Educación (Directiva Presidencial de Educación, 1979) 3 . Pero este esquema no cumplía los propósitos que se han indicado. Una descentralización radical hacia las municipalidades era más consistente. Más aun, conceptualmente, la dictadura definió al municipio como un “cuerpo intermedio” entre el Estado y las personas, siendo coherente con la visión de un Estado subsidiario el traspasarle la administración de algunos servicios públicos, como también ocurrió con la salud, entre otros (Prieto 1983) 4 . El proceso de traspaso podía ser visto también como unpaso intermedio hacia la privatización de la educación pública, si no en su propiedad, al menos en su administración (Núñez 1984). Así, se promovió la creación de corporaciones de derecho privado de propiedad de los municipios para que asumieran la gestión de estos servicios, operando más directamente con reglas del sector privado. Asimismo, se permitió que los municipios pudiesen entregar la administración de sus establecimientos a otros entes privados 5 . Más en general, se esperaba que losmunicipios 2 De acuerdo a Alfredo Prieto (1983), ministro de la época, regir a todos los profesores por el código del trabajo como en el sector privado es ventajoso porque “esto lleva a una especie de competencia entre profesores, lo que los obliga al perfeccionamiento y al mejor cumplimiento de sus funciones a fin de optar amejores alternativas de remuneraciones o de empleos”. 3 Los Servicios Provinciales de Educación Pública que anunció la Directiva Presidencial de 1979, como podrá confirmarse a lo largo de este libto, comparten varias características estructurales con los Servicios Locales de Educación creados por la NEP en 2017, incluyendo que serían servicios públicos descentralizados (aunque con plantas y presupuesto fijados desde el nivel central), responsables de la administración de la educación pública en sus territorios, con órganos participativos de la comunidad en su gobierno. Es probable que esta idea fuese desechada al interior del Gobierno porque era inconsistente con el principio de subsidiariedad que inspiró la reforma general de jibarización del Estado. 4 En efecto, el texto legal que abre la puerta a la municipalización hace referencia explícita al principio de subsidiariedad. Se trata del Decreto LeyNúm. 3.063.- Santiago, 24 deDiciembre de 1979, sobre RentasMunicipales, que en su art. 38, regulando el uso del Fondo ComúnMunicipal, señala: “Las Municipalidades deberán destinar preferentemente los recursos de este Fondo a crear, mantener y prestar servicios a la comunidad local. Además, podrán tomar a su cargo servicios que estén siendo atendidos por organismos del sector público o del sector privado, en este último caso ateniéndose al principio de subsidiariedad”. 5 Esto está explícitamente señalado en el Decreto con Fuerza de Ley D.F.L. N° 1-3.063.- del 2 de Junio de 1980, que reglamenta el traspasode servicios estatales a losmunicipios, es decir, lanorma que ejecuta la “municipalización” de la educaciónpública, en suart. 12: “lasMunicipalidades que tomena su cargo servicios de las áreas de educación, de salud o de atención de menores, para los efectos de la administración y operación de ellos, podrán constituir, conforme a las normas del Título XX XIII del Libro I del CódigoCivil, conorganizaciones de la comuna, interesadas enlosserviciosreferidos,unaomáspersonasjurídicasdederechoprivado,opodránentregardichaadministracióny operaciónapersonasjurídicasdederechoprivadoquenopersiganfinesdelucro(…)AutorízasealasMunicipalidades queotorguena la administraciónde los servicios referidos apersonas jurídicas dederechoprivadopara entregarles en comodato los bienes inmuebles destinados a los servicios referidos, ya sean de propiedad de laMunicipalidad o ésta los haya recibido, a su vez, en comodato para tales servicios.”
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