Encuentro Archivo, Documentación y Patrimonio Teatral
Encuentro Archivo,Documentación y Patrimonio Teatral 46 2. Definición del MNT y sus funciones El Museo Nacional del Teatro es uno de los centros dependientes gestionados de forma directa por parte del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y la Música (INAEM), Organismo Público que a su vez se encuentra adscrito a la Subsecretaria de Cultura y Deporte del Ministerio de Cultura y Deporte de España. Dentro de la normativa vigente en nuestro país -aplicable a museos- encontramos la Ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español 6 y su desarrollo normativo posterior; en ella, en el Art. 59, apartado 3, los museos quedan definidos 7 como “instituciones de carácter permanente que adquieren, conservan, investigan, comunican y exhiben para fines de estudio, educación y contemplación conjuntos y colecciones de valor histórico, artístico, científico y técnico o de cualquier otra naturaleza cultural”. El Museo Nacional del Teatro, como Institución Cultural de singular relevancia, plantea redefinirse para cumplir con su finalidad y sus objetivos. Es por ello necesario tratar la definición actual en el marco internacional común de estos espacios tan complejos, que queda recogido en los Estatutos del ICOM, siendo abordados y discutidos durante su 139ª sesión, celebrada los días 21 y 22 de julio de 2019 en París, ante la necesidad de adaptar y crear una definición actual. Los museos como espacios participativos, colaborativos activamente con las comunidades que representan, además de garantizar la igualdad en su función inclusiva y democratizadores, adquieran una actitud crítica para abordar los conflictos y desafíos del presente, sin olvidar su valor de custodia sobre el patrimonio (concretamente, especímenes y artefactos para la sociedad) que deben coleccionar, interpretar, investigar y preservar para, finalmente, contribuir, entre otras cosas, a la dignidad humana. La colección del MNT atesora fondos bibliográficos, documentales y museográficos, incluidos dentro de un inventario cuya finalidad es identificar pormenorizadamente todos sus fondos asignados y depositados, asignando unitariamente una referencia a cada una, incluyendo su ubicación topográfica. Además del Inventario, el museo cuenta con otro instrumento de registro, el Catálogo, con la finalidad de documentar cada una de las piezas, conteniendo datos sobre el marco artístico-histórico, y científico o técnico, conteniendo datos sobre todas las incidencias relativas a cada pieza, a su biografía, a su estado de conservación, etc. El museo está compuesto por testimonios representativos materiales e inmateriales de alto valor histórico-artístico, atesorando fondos documentales conservados, identificándose sobre distintos 6 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español. BOE, núm.155, de 29/06/1985 [en línea] (Consultado el 2 de noviembre de 2020). Recuperado de: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12534 7 Más allá de la definición en materia museológica, al hablar del Museo Nacional del Teatro como museo de titularidad estatal, es necesario destacar la definición del concepto museo y las funciones que debe cumplir la institu- ción recogido en el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.
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