Estudios en homenaje a Alfredo Matus Olivier. Volumen I

– 125 – Masculino inclusivo en español y opciones para sustituirlo... • Luis Barrera, et al. 2. APROXIMACIONES CONCEPTUALES 2.1. Género masculino no marcado La gramática académica deja suficientemente claro que el género es principalmente una categoría de carácter semántico, no necesariamente manifiesto en morfemas específicos. Eso significa que “Atendiendo al género, los sustantivos se clasifican en masculinos y femeninos” (RAE y ASALE 2012: 24). Aclara que no debe confundirse género (gramatical) con sexo (biológico). Esto resulta obvio, por cuanto existen sustantivos cuyos referentes son asexuados ( mesa , campo ), aparte de una diversidad de vocablos que, aun designando seres sexuados, funcionan invariablemente tanto para el masculino como para el femenino; por ejemplo, abeja , gusano , avestruz . Sin embargo, ello no impide que sean muchos los casos en que, cuando se refiere a seres animados, la dicotomía masculino femenino resulte también útil para diferenciar el sexo del referente ( gato/a, presidente/a, alcalde/-desa ). Sin duda que hay un gran número de vocablos que siguen el patrón de las terminaciones o/a (heredado del latín, lengua en la que predominaban los femeninos en a y los masculinos en us , que en español derivó en o ). No obstante, dichas terminaciones no son marcas exclusivas de género en español (cfr. mano, aroma, flor, diente, espíritu, tribu, grey , etc.) y, además, hay diversos vocablos terminados en a/o que no aluden para nada al sexo (v. cerezo / cereza , bolso / bolsa , río / ría ). En cuanto al masculino inclusivo, igual que se ratifica en diversos documentos, la Nueva gramática de la lengua española (en adelante, NGLE ) es muy clara: como ya hemos dicho, constituye lo que dentro de una dicotomía léxica se denomina término no marcado. Eso significa que cuando decimos Los alumnos universitarios chilenos están preocupados , las voces alumnos , universitarios y chilenos deberían incluir igualmente a damas y caballeros (o personas) de Chile inscritos como estudiantes en instituciones de educación superior. Se exceptuarían de esto aquellos casos en que la cortesía o cualquier otra circunstancia contextual exige hacer expresa mención de ambos integrantes de una dupla léxica ( chilenas y chilenos, profesores y profesoras, ciudadanas y ciudadanos, ni ñ os y niñas, etc.). Ante la diversidad de reclamos públicos relacionados con la supuesta exclusión del femenino implícita en el masculino no marcado, la RAE yASALE (2018) y la RAE (2020) retoman el dictamen expresado en la NGLE (2009) y lo refrendan en dos recientes publicaciones: En español el género masculino, por ser el no marcado, puede abarcar el femenino en ciertos contextos. De ahí que el masculino pueda emplearse para referirse a seres de ambos sexos, como en Tengo cinco hijos: cuatro niñas y un niño. Desde un punto de vista lingüístico, no hay razón para pensar que este género excluye a las mujeres en tales situaciones (RAE yASALE 2018: 21, cursivas y subrayado en el original).

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