Reducción del riesgo de desastres y nueva Constitución

30 – Reducción del riesgo de desastres y nueva Constitución:  hacia una perspectiva pública y transdisciplinar 12.Bien Común definido como bienestar colectivo y calidad de vida, protegidos y garantizados por el Estado. Principio N°12 Bien Común definido como bienestar colectivo y calidad de vida, protegidos y garantizados por el Estado. Contenido La nueva Constitución le dará contenido al concepto de Bien Común, re- conociendo que el bienestar de la sociedad toda, como proyecto histórico colectivo, debe ser prioritario frente a intereses individuales garantizando los Derechos Humanos de todas las personas de la comunidad. Esto obliga a asegurar una serie de condiciones necesarias para el bienestar de las perso- nas y sus territorios, que incluyen el acceso a recursos fundamentales para la subsistencia humana y no humana, la seguridad ante los riesgos socio- naturales, una educación y salud pública de calidad, acceso al agua y al aire libre de contaminación, justicia territorial y ambiental, entre otras. Como consecuencia de lo anterior, la protección del bien común en la Cons- titución debería asegurar las condiciones necesarias para el bienestar colec- tivo (humano y no humano) y seguridad humana de modo tal que no depen- dan de criterios económicos o de comunidades particulares que afecten al colectivo. Este principio es transversal a todos los anteriores y tiene una especial inte- rrelación con los principios 1, 5, 6, 7 y 9 del presente documento. A su vez, se relaciona de manera directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible nú- mero 1 sobre fin de la pobreza; 2 sobre hambre cero; 3 sobre salud y bienes- tar; 5 sobre igualdad de género; 6 sobre agua limpia y saneamiento; 7 sobre energía asequible y no contaminante; 10 sobre reducción de las desigualda- des; 11 sobre ciudades y comunidades sostenibles y 16 sobre paz, justicia e instituciones sólidas. Propuestas 1. Garantizar, cuando corresponda, la propiedad colectiva de los conoci- mientos, recursos y prácticas fundamentales de los cuales depende la seguridad de las comunidades para enfrentar los desastres socionatu- rales, mantener y mejorar su calidad de vida y el derecho al buen vivir. 2. Garantizar una vida libre de violencias, armónica con la naturaleza y una convivencia respetuosa y solidaria entre los seres humanos y no humanos que habitan los territorios. 3. Asegurar el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente. Para ello se debe promover el respeto y equitativa distribución de los bienes y servicios ecosistémicos y ambientales que ofrece la naturaleza a las comunidades, el reconocimiento y definición de la función social de la propiedad privada.

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