Nueva constitución y medio ambiente: una mirada ciudadana

59 Sistematización acuerdos y desacuerdos de sesiones iv. Grupo sobre Mandato de Protección Esta temática se abordó durante la exposición general como una refe- rencia al rol del Estado en materia ambiental, ordenándole un deber de acción o actividad general. Se señaló también que este tipo de mandatos otorgan legitimidad a la actuación del poder público, sin necesariamente generarmecanismos para forzar la intervenciónni sanciones específicas. Como ejemplos de lo anterior, se tuvo a la vista lo prescrito por la Cons- titución alemana, en particular, su Artículo 20 a, el cual reza lo siguiente: «El Estado protege también, teniendo en cuenta la responsabilidad por las generaciones futuras, los fundamentos naturales de la vida en el ám- bito del orden constitucional, a través de la legislación y, de acuerdo con las medidas de la Ley y del Derecho, a través del poder ejecutivo y de la jurisprudencia.» También se apreció lo estipulado en laConstituciónde Italia, la cual señala en su Artículo 9 lo siguiente: «La República promueve el desarrollo de la cultura y la investigación científica. Protege el paisaje y el patrimonio histórico y artístico de la Nación.» Al momento de dividir a los participantes en grupos se les entregó una minuta con las siguientes preguntas: 1) ¿Debemos regular el rol del Estado, en relación a la naturaleza, en la Constitución? 2)¿Qué contenidos debería tener la misión del Estado, en caso de regularse? Nueva Constitución yMedio Ambiente: Una mirada ciudadana

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