Nueva constitución y medio ambiente: una mirada ciudadana

57 Nueva Constitución yMedio Ambiente: Una mirada ciudadana Sistematización acuerdos y desacuerdos de sesiones iii. Grupo de Deberes Respecto a esta temática, durante la presentación general se señaló que consistía en un mandato a todos los actores de la sociedad civil, en otras palabras, una obligación de carácter general y aplicable a todas las per- sonas que componen la sociedad. Para ejemplificar este punto, se tuvo a lavista el caso de Colombia, en cuya Constitución se prescribe lo siguiente: «Artículo 95. (…) El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica respon- sabilidades. Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del ciudadano: 1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios; 2. Obrar conforme al principiode solidaridad social, respondiendo conacciones humanitarias ante situaciones que ponganenpeligro la vida o la salud de las personas; 4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica; (…) 8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;» Además, se ilustró esta temática con lo dispuesto en la Constitución espa- ñola, en su Artículo 45.1 que dispone lo siguiente: «Todos tienen el dere- cho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.»

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