Desafíos críticos para Latinoamérica y el Caribe

238 SOCIEDAD VERSUS COLECTIVIDAD Celestino del Arenal apunta que el artículo, centrado en la clásica distinción conceptual de Tönnies y Scheler entre comunidad y sociedad, supuso el primer intento, desde la Guerra Civil, de analizar la sociedad internacional en términos objetivos y científicos, no simplemente ideológicos. Así en los años cuarenta y cincuenta, el debate comunidad versus sociedad (en los términos planteados) sirvió para renovar los estudios iusinternacionalistas y para desarrollar la disciplina de las relaciones internaciona- les en nuestro país. En esta obra, el interés en torno a dicho debate parte de la voluntad de vincular el contenido del mismo (en sus aspectos conceptuales) con el análisis de la sociedad mundial de finales del siglo XX. La distinción fundamental entre comunidad y sociedad, tal y como se establece en el texto de Poch, se traduce en los siguientes términos: 1. La comunidad es una unidad natural y espontánea, mientras que la sociedad es una unidad en cierta manera artificial. En la comunidad, la vida del individuo coincide con la vida conjunta y no se puede pensar en una vivencia plena del individuo al margen de la convivencia grupal. En la sociedad, aunque hay exigencias pragmáticas, no se da la exigencia lógica de vivir conjunto y, en ese sentido, el vivir in- dividual precede lógicamente al convivir. 2. La comunidad es una manera de ser para el individuo en ella incorporado, mientras que la sociedad es una manera de estar. Mientras se pertenece a la comunidad, como parte del ser, se participa (reflexi- va y conscientemente) en la sociedad. En este sentido, siempre es posible separar una de las partes del todo social. 3. La comunidad es integración, mientras que la sociedad es suma de las partes. Así, la forma consti- tutiva de la primera es una ley jerárquica de distribución mientras que la segunda es una convención conmutativa. 4. En la comunidad priman los valores convergentes, mientras que en la sociedad priman valores di- vergentes. Si bien en la sociedad los valores pueden converger por necesitas, mientras que en la co- munidad se instrumentan por la virtus. De ahí que en la comunidad prime lo ético (valores comunes), mientras en la sociedad prima lo jurídico (legislación). Respecto a lo anterior, el concepto de sociedad internacional es el que más se aproxima a la realidad internacional. Siendo así que Arenal, apunta que Ante la cuestión de si estamos ante una sociedad o una comunidad internacional, pensamos que la posición más adecuada a las realidades del presente es la que afirma que estamos ante una sociedad internacional inmersa en un proceso de evolución hacia una comunidad internacional, es decir, que estamos ante una sociedad internacional que presenta ya rasgos característicos de una comunidad, aunque ésta no se ha configurado todavía plenamente como tal. Bajo la mirada de la concepción racionalista, una sociedad internacional, particularmente nos permi- te reconocer que en el escenario internacional ya no subsisten únicamente los estados como únicos actores en ese sistema de anarquía, por lo que a su vez se debe reconocer la presencia e importancia de otros actores como la sociedad civil global, las empresas transnacionales, las organizaciones in- ternacionales, entre otras. Sin negar, por supuesto, que los estados son importantes en el escenario internacional y que a pesar de compartir un sistema anárquico y una disputa constante por cuotas de poder internacional, son capaces de fijar varios acuerdos, aunque mínimos, entre ellos; que dan como resultado un orden y cooperación internacional.

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