Ecos de la Revolución Pingüina: avances, debates y silencios en la reforma educacional

V IOLA E SPÍNOLA • J UAN P ABLO C LARO 64 puede terminar en el impedimento definitivo de hacer clases y los directores pueden ser removidos de sus cargos. En definitiva, se trata de un artículo con- fuso y que puede conducir a equívocos en su implementación. Rendición de cuentas La rendición de cuentas es tan central al modelo de regulación de calidad adoptado, que muchos países se refieren a sus marcos de regulación de la ca- lidad como un “sistema de rendición de cuentas” (Hopkins, 2007a). Al igual que en el caso de los estándares, la rendición de cuentas es un componente de articulación central entre los contemplados en la ley SNAC (artículo 2º h). Sin embargo, hay un tratamiento poco claro de este componente en tanto contempla en un mismo articulado aspectos como la rendición de cuentas y las consecuencias, entendidas como reconocimientos y sanciones, aun cuando se trata de aspectos diferentes. Según la literatura, la rendición de cuentas tiene que ver con la información abierta que permite “dar fe pública” por el uso que se ha dado a los recursos asignados o por los resultados obtenidos. Por su par- te, las consecuencias, ya sea bajo la forma de reconocimientos o de sanciones, pueden aplicarse o no, independientemente de la rendición de cuentas. En términos generales, la rendición de cuentas es el proceso mediante el cual los actores informan y/o exigen información por el uso de los recursos humanos, materiales y simbólicos, para el logro de un objetivo que les con- cierne 7 . Confronta a cada uno de los actores del proceso educativo con sus res- ponsabilidades y con la necesidad de responder frente a los usuarios. Incluye aspectos tales como la publicación de información sobre resultados de gestión y la identificación de responsables. Es un proceso público, abierto a la socie- dad, mediante el cual cada uno de los actores e instituciones que tiene algún papel en la cadena de generación de resultados educativos da cuenta del uso de recursos públicos para la obtención de los resultados esperados y asume su res- ponsabilidad por los resultados obtenidos (Corvalán y McMeekin, 2006). La rendición de cuentas es lo que permite asegurar que los estándares se aplican en la práctica, que llegan a las escuelas. Consecuencias La rendición de cuentas, para que sea efectiva, debe tener consecuencias asociadas. La Ley SNAC establece que se aplicarán “[...] reconocimientos y sanciones relacionadas con el logro de los estándares y con el cumplimiento 7 Como ejemplo, recientemente se han introducido procedimientos de rendición de cuentas o contratos de rendición de cuentas con algunos actores, como el Convenio de Excelencia Educativa e Igualdad de Oportunidades que deben firmar los sostenedores con el MINEDUC a cambio de recibir los recursos de la SEP y los Convenios de Desempeño entre el equipo directivo de las escuelas municipales y el sostenedor.

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