Ecos de la Revolución Pingüina: avances, debates y silencios en la reforma educacional

E L S ISTEMA N ACIONAL DE A SEGURAMIENTO DE LA C ALIDAD 63 (ii) componentes de base educativa, como son la evaluación de aprendizajes, la clasificación y la evaluación de escuelas, el apoyo técnico, la información y la evaluación de impacto, todos los cuales forman parte del circuito de mejoramiento de la calidad en la escuela; y (iii) los componentes de base institucional-financiera, que son la fiscalización del uso de recursos y del cum- plimiento de los requisitos para el reconocimiento oficial, ambos a cargo de la Superintendencia. El estado de desarrollo de los componentes que forman parte del SNAC se describe a continuación. Componentes de articulación Los estándares Son parte central del proyecto de ley SNAC y en los artículos 2º, 3º y 4º se establece que se considerará los estándares de aprendizaje de los alumnos así como los estándares referidos al desempeño de los establecimientos y sus soste- nedores, de los docentes y directivos, siendo los estándares de aprendizaje los que constituyen el foco y objetivo de las actividades de regulación de la calidad 6 . Así, los instrumentos de apoyo, la clasificación de las escuelas, los sistemas de información pública, la rendición de cuentas y los reconocimientos y sanciones tienen como función apoyar el logro de los estándares, principalmente los de aprendizaje. Con este foco, la ley organiza estos estándares en dos categorías, según si son susceptibles de sanción debido a su incumplimiento o no. Todos los estándares podrán ser evaluados por la Agencia para la Calidad, pero sólo los estándares de aprendizaje son susceptibles de sanciones en caso de que el nivel de logro de una escuela no sea satisfactorio. Esto significa que tanto los estándares de competencias para los docentes y directivos como los de gestión para los establecimientos y los sostenedores son indicativos, es decir, dan lugar a recomendaciones de la entidad reguladora al sistema escolar, pero no se aplicarán consecuencias en los casos en que éstos no sean alcanzados (artículo 4º). Por otra parte, el artículo se contradice con el principio de las consecuen- cias asociadas al logro de estándares que establece la misma ley SNAC (artículo 2º h). Al mismo tiempo, se contradice con regulaciones anteriores, puesto que la evaluación de docentes y de directivos, basadas ambas en estándares conte- nidos en la malla curricular, en el MBE y en el MBD, tiene consecuencias en términos de incentivos económicos y sanciones que en el caso de los docentes 6 Los estándares curriculares o de aprendizaje se refieren a los objetivos generales del currículum y aluden a los cono- cimientos, habilidades y competencias que se espera alcancen los estudiantes en las diversas etapas de su trayectoria escolar. Los estándares de competencias o de desempeño se refieren a los docentes, directivos y a los docentes técnico pedagógicos. Por su parte, los estándares de gestión para los establecimientos y sus sostenedores hacen referencia a cinco dimensiones de gestión educativa: gestión curricular, gestión de los procesos, gestión de recursos, liderazgo y convivencia escolar.

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